Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Lara (Extensión Barquisimeto), de 7 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2007
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteJorge Querales
ProcedimientoRevoca La Medida Cautelar Sustitutiva

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE JUICIO

Barquisimeto, 07 de agosto de 2007

Años: 197º y 148º

KP01-P-2007-000315

Vista actuaciones, realizadas por funcionarios de la FAP, adscritas a la comisaría 50, en la cual se deja constancia de la diligencia policial, mediante el cual se verifico el incumplimiento de la medida en virtud de que el ciudadano Faisar H.P.D., no se encontraba en su residencia y el mismo goza del beneficio de arresto domiciliario.

En tal sentido, una vez recibido el oficio Nº 539/07, emanado del jefe de la comisaría Nº 50 de las FAP, este tribunal considera que lo mas ajustado a derecho es revocar la medida cautelar prevista en el articulo 256 ord. 1, acordada por el Tribunal de control Nº 2, en fecha 30 de marzo de 2007; puesto que el mismo incumplió la medida impuesta incurriendo de esta manera en las causales de revocatoria prevista en el articulo 262 ord. 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funcion de Juicio Nº 4, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Decide: PRIMERO: Revocar la medida cautelar impuesta en fecha 30 de marzo de 2007, como lo es arresto domiciliario, al ciudadano FAISAR H.P.D. y en su defecto su se acuerda privación judicial preventiva de libertad de conformidad a lo establecido en el articulo 250 del COPP; SEGUNDO: Libre Orden de Captura en contra del ciudadano FAISAR H.P.D.. Es todo.- Publíquese, Notifíquese y Cúmplase lo ordenado.

EL JUEZ DE JUICIO N ° 4

ABG. J.Q.

LA SECRETARIA

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