Sentencia nº 765 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 16 de Octubre de 2012
Fecha de Resolución | 16 de Octubre de 2012 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
Procedimiento | Auto Librando Cartel de Emplazamiento |
SALA ELECTORAL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 16 de octubre de 2012
202º y 153º
Visto que constan en autos las notificaciones de Ley, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en auto dictado en fecha 29 de mayo de 2012 de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias” y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos.
La Presidenta,
JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
La Secretaria,
P.C.G.
Exp. AA70-E-2012-000024
JMMS/pc
CARTEL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 16 de octubre de 2012
202º y 153º
SE HACE SABER:
A todos los interesados en el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por el ciudadano G.C., titular de la cédula de identidad N° 15.384.944, representado por el abogado J.C.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.032, contra la Resolución N° 120202-0031 dictada en fecha 02 de febrero de 2012 por el C.N.E., publicada en Gaceta Electoral N° 603 de fecha 05 de marzo de 2012, la cual declaró “INADMISIBLE el recurso interpuesto por el ciudadano G.C., (…) en su condición de Coordinador General del SINDICATO REVOLUCIONARIO DE OBREROS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEL ESTADO BARINAS (SINREOMEDEB), en el cual solicit[ó] la declaratoria de inelegibilidad de los miembros de la Junta Directiva, Comisión de Ética y Disciplina y Comisión de Contraloría y Finanzas de la FEDERACIÓN NACIONAL DE OBREROS BOLIVARIANOS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES (FENOBOLMED); dichos interesados deberán comparecer por ante este Supremo Tribunal, dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes al vencimiento del plazo para retirar, publicar y consignar el presente cartel, a fin de consignar sus alegatos relacionados con el recurso ejercido. Vencido ese lapso se abrirá un período de cinco (05) días de despacho para que promuevan las pruebas que consideren pertinentes, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
La Presidenta,
JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
La Secretaria,
P.C.G.
Exp. AA70-E-2012-000024
JMMS/pc