Sentencia nº 801 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 30 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecepción de Antecedentes e Informes

Numero : 801 N° Expediente : 2012-000095 Fecha: 30/10/2012 Procedimiento:

Recepción de Antecedentes e Informes

Partes:

A.M.V.. Resolución N° 120726-453 de fecha 26 de julio de 2012, dictada por el C.N.E. y publicada en Gaceta Electoral N° 647 de fecha 21 de septiembre de 2012, referida a la organización con fines políticos CAMBIO INTEGRACIÓN HONESTIDAD (CAMINHO), a nivel regional en el estado Carabobo.

Decisión:

Las abogadas M.E.P.V. y O.G.E.C., inscritas en el Inpreabogado bajo los número 52.044 y 56.511, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales del C.N.E., consignaron escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito así como la copia del poder que las acredita para actuar como apoderadas judiciales del mencionado Órgano Electoral y formar una (01) pieza separada con el restante recaudo restante que acompañó al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 30 de octubre de 2012

202º y 153º

Por recibido en esta misma fecha escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral presentado por las abogadas M.E.P.V. y O.G.E.C., inscritas en el Inpreabogado bajo los número 52.044 y 56.511, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales del C.N.E., se acuerda agregar al expediente judicial el referido escrito así como la copia del poder que las acredita para actuar como apoderadas judiciales del mencionado Órgano Electoral y formar cuatro (04) piezas separadas con los restante recaudo que acompañaron al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

La Presidenta,

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2012-000095

JMMS/pc

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