Sentencia nº 52 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Constitucional de 28 de Abril de 2009
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2009 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala Constitucional |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
Procedimiento | Recurso de Nulidad |
SALA CONSTITUCIONAL
Caracas, 28 de Abril de 2009
198º y 150º
En cumplimiento de lo ordenado en la decisión N° 133 dictada por esta Sala en fecha 19 de febrero de 2009, relacionada con el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad incoado por los abogados C.N.M. y Diocelis Aponte Gruber, en su carácter de apoderados judiciales de la FEDERACIÓN MÉDICA VENEZOLANA, contra la Disposición Transitoria Séptima de la Ley de Transporte Terrestre, publicada en Gaceta Oficial N° 38.985 del 1° de agosto de 2008; este Juzgado, a los fines de continuar con la tramitación del recurso, acuerda:
Citar por oficio a las ciudadanas Presidenta de la Asamblea Nacional, Procuradora General de la República y Defensora del Pueblo y asimismo, notificar a la ciudadana Fiscal General de la República, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir de la publicación del Cartel o de la notificación del último de los interesados. A tales fines, remítase a las mencionadas funcionarias, copia certificada del escrito del recurso, de la decisión N° 133 y del presente auto.
La citación de la ciudadana Procuradora General de la República, se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Emplazar a los interesados mediante Cartel, el cual será publicado por el recurrente en uno de los diarios de mayor circulación nacional, para que se den por notificados en un lapso de diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir de la publicación del Cartel o de la notificación del último de los interesados. La parte recurrente deberá consignar (1) un ejemplar del periodico donde fue publicado el Cartel, dentro de los tres (3) días siguientes a su publicación; el incumplimiento de esta obligación se entenderá que desiste del recurso y se ordenará el archivo del expediente.
Cúmplase lo ordenado
La Presidenta,
L.E.M. LAMUÑO
El Secretario,
J.L. REQUENA CABELLO
Exp. Nº: AA50-T-2008-001370
LEML/JLRC/TRDLHG/IBA
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