Decisión nº S-N de Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de Falcon, de 3 de Abril de 2013

Fecha de Resolución 3 de Abril de 2013
EmisorJuzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre
PonenteSimón Ramirez
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLIVAR Y SUCRE

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.

CHURUGUARA, 03 DE ABRIL DEL 2.013.

AÑOS: 202º Y 154º

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: F.F.P., Titular de la Cédula de Identidad N° V- 1.254.974, venezolano, mayor de edad, Casado, Productor Agropecuario, domiciliado en el sector Villa Adela, Parroquia Maparari, del Municipio Federación del Estado Falcón, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio J.A.S., debidamente Inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 168.135, con domicilio procesal en la Urbanización O.R., sector número 02, casa número 09 de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, visto y examinado el Justificativo de testigos evacuado por ante este Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Este tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: F.F.P., sobre: una (01) Casa de habitación familiar, la fabricación de las bienhechurias fue realizada con fundaciones directas, estructuras de concreto frisadas, con instalaciones de electricidad, tuberías empotradas, consta de un porche, una sala, una cocina-comedor, tres dormitorios, un baño con piezas sanitarias blancas, puertas internas de madera y marcos en general y un tinglado con lavandero; el piso es de cemento, construidas en una superficie de terrenos Municipales que mide DOS MIL CUATROCIENTOS CUATRO CON VEINTICINCO METROS CUADRADOS (2404.25 Mts2) estas bienhechurias tienen un área de construcción de CIENTO CUARENTA Y CINCO CON VEINTISEIS METROS CUADRADOS (145.26 mts2), ubicada en el Sector Villa Adela, Carretera El Tural- El Guamo, Parroquia Maparari del Municipio Federación, la misma se encuentra alinderada de la siguiente manera:

NORTE: Terreno del Señor F.F.P..

SUR: Terreno de la Señora A.M..

ESTE: Carretera El Guamo – El Tural.

OESTE: Terreno del Señor F.F.P..

El valor de dichas Bienhechurias es por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (250.000 BS) La presente declaración se emite, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Federación, Unión, Bolívar y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Churuguara a los TRES (03) DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL DOS MIL TRECE. (03-04-2.013) AÑOS: 202° Y 154°.

EL JUEZ.-

ABOG. S.R..-

EL SECRETARIO SUPLENTE.

ABOG. J.T..

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.

EL SECRETARIO SUPLENTE.

ABOG. J.T..

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