Decisión de Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 30 de Julio de 2015

Fecha de Resolución30 de Julio de 2015
EmisorTribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteFrancisco Padrón
ProcedimientoTitulo Supletorio

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San F.d.A., 30 de Julio de 2.015

204° y 155°

SOLICITUD: 15-522

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: CIVIL

PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO

SOLICITANTE: F.Y.A.F.

FECHA DE ENTRADA 22 DE JULIO DE 2015.

Vista la Solicitud presentada por la ciudadana F.Y.A.F. venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 11.758.527 de este domicilio quien ha solicitado le sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurías que describe en su Solicitud. Vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar y, encontradas conformes.- Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas en un terreno de propiedad Municipal según documento de Contrato de Arrendamiento de Ejidos, autorizado por el “Arrendador”, suscrito por la ciudadana Abog. Jheancerlhis del Valle Echenique Rojas. En su carácter de Sindica Procuradora del Municipio Autónomo San Fernando, con una superficie de terreno de DOSCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON DOS CENTIMETROS (230Mts2, 2CM); Ubicado en el Barrio Samán Llorón Calle El Mango, casa s/n de la ciudad San Fernando , Municipio San Fernando ,Estado Apure ,comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: Vereda El Rio; con 9 metros. SUR: Familia Morales, con 13 metros. ESTE: Callejón El Rio, con 15 metros, 80 centímetros mas 3 con 70 metros. OESTE: Familia Flores con 20 metros. y con dinero de su propio peculio a sus solas y únicas expensas ha construido unas bienhechurías ( casa), con las siguientes características: Paredes de bloque , (39 habitaciones, sala, (1), piso de cemento, techo de zinc y acerolit, baños (2), una cocina, puertas y ventanas de hierro, con una superficie de doscientos cuatro metros cuadrado (204 mts2) de construcción. En las cuales invirtió una suma de CIENTO NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs.190.000.00). Bienhechurías que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana; F.Y.A.F. plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-

El Juez,

Abog.F.J.P.

La Secretaria Titular,

Abog. M.M. ARANGUREN T.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones al interesada, constante de ( ) folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. , al folio , del Libro Diario.

La Secretaria Titular.

Abog. M.M. ARANGUREN T.

Solicitud N°14-522

FJP/MMAT/mp

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