Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz de Bolivar (Extensión Puerto Ordaz), de 5 de Agosto de 2013

Fecha de Resolución 5 de Agosto de 2013
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
PonenteJosé Sarache Marín
ProcedimientoTerceria

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.

PUERTO ORDAZ, 05 DE AGOSTO DEL 2.013.-

AÑOS 203° Y 154°.

COMPETENCIA BANCARIO.-

Vista la solicitud contenida en la diligencia de fecha 22 de Julio del presente año, suscrita por la Abogada en ejercicio I.F., e inscrita en el IPSA bajo el N° 140.357 y de este domicilio, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, Sociedad Mercantil FERREORIENTE EL TIGRE, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui, el cinco (5) de agosto de 1.994, quedando anotado bajo el Nº 49 del Tomo A-53, posteriormente trasladado su expediente al Registro mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del mismo Estado, según consta de expediente identificado con el Nº 608 de fecha 22/07/2009, autorizada para esta actuación por la Asamblea General Extraordinaria de Accionista de fecha 12 de marzo del año 2012, quedando anotada bajo el Nº 71 del Tomo 3-A, de fecha 20/03/2012, del mencionado Registro Mercantil antes señalado, por ser procedente lo solicitado, se acuerda de conformidad en consecuencia, el Tribunal fija caución o fianza de las previstas en los Artículos 376 en concordancia con el artículo 589 y 590 del Código de Procedimiento Civil, hasta por el monto de: OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES BOLÍVARES CON 06/100 CÉNTIMOS (Bs. 841.993,06), en el presente juicio de TERCERIA, incoado por la Sociedad Mercantil FERREORIENTE EL TIGRE, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil BANCO CARONI, C.A. y TUCAN PETROLEUM SERVICES, C.A.-

EL JUEZ PROV.,

ABG. J.S.M..

EL SECRETARIO,

ABG. J.C..

JSM/jc/judith

EXP N° B-40.656

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