Sentencia nº AMP-037 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Político Administrativa de 13 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2013
EmisorSala Político Administrativa
PonenteEmilio Ramos González
ProcedimientoAuto para mejor proveer

Caracas, doce (12) de marzo de 2013

202° y 154°

El Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, adjunto al oficio N° 41-2013 de fecha 28 de enero de 2013, remitió a esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, copias certificadas referidas al juicio por resolución de contrato de arrendamiento incoado por el abogado T.R.C.L., INPREABOGADO N° 29.295, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES PEDMERPED, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del entonces Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 15 de junio de 1994, bajo el N° 31, Tomo 102-A-Sgdo., contra el ciudadano F.F., cédula de identidad N° 2.632.383, a los fines de conocer la regulación de jurisdicción interpuesta por la apoderada judicial de la parte demandada.

El 5 de febrero de 2013, se dio cuenta en Sala y por auto de la misma fecha se designó ponente al Magistrado E.R.G., a los fines de decidir la regulación de jurisdicción.

La Sala considera necesario advertir a la abogada L.B.R., Jueza del Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que ha debido remitir a esta S. el expediente original del presente juicio y no el cuaderno contentivo de las copias certificadas referidas al mencionado asunto, ya que con la interposición del recurso de regulación de jurisdicción se suspende el proceso de conformidad con lo establecido en los artículos 62 y 66 del Código de Procedimiento Civil.

Finalmente, visto que fueron remitidas copias certificadas de las actuaciones relacionadas con la presente causa, se ordena al Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que en un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, remita el expediente original.

P. y regístrese. C. lo ordenado.

La Presidenta EVELYN MARRERO ORTÍZ
El Vicepresidente EMIRO GARCÍA ROSAS
Las Magistradas,
TRINA OMAIRA ZURITA
MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
El Magistrado EMILIO RAMOS GONZÁLEZ Ponente
La Secretaria, S.Y.G.
En trece (13) de marzo del año dos mil trece, se publicó y registro el anterior auto para mejor proveer bajo el Nº 037, el cual no está firmado por la Magistrada T.O.Z., por motivos justificados.
La Secretaria, S.Y.G.

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