Decisión de Juzgado Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 30 de Julio de 2008

Fecha de Resolución30 de Julio de 2008
EmisorJuzgado Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteAngel Eduardo Vargas Rodriguez
ProcedimientoEstimación E Intimación Honorarios Profesionales

LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 30 de julio de 2008

Años 197° y 148°

Por recibida y vista la presente demanda por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS proveniente del Juzgado Distribuidor de Turno de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, así como los recaudos consignados por el abogado Á.F.R., venezolano, mayor de edad de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.308, actuando en su propio nombre y representación, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se ADMITE en cuanto a lugar en derecho de conformidad a lo establecido en el artículo 881 del Código de Procedimiento Civil. Désele entrada y anótese en el libro respectivo. Fórmese el expediente.- En consecuencia, emplácese al ciudadano A.C.C., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.022.564, para que comparezca por ante este Tribunal al SEGUNDO (2do.) día de Despacho siguientes a la constancia en autos de las resultas de la citación practicada, a fin de que exponga lo que crea conducente sobre el Derecho que pretende la parte accionante antes identificada.- Líbrese la compulsa respectiva y hágasele entrega al alguacil del Juzgado a fin de que practique la citación ordenada.-

EL JUEZ

Dr. ÁNGEL VARGAS RODRÍGUEZ LA SECRETARIA ACC.

Abg. SHIRLEY CARRIZALES MÉNDEZ

En esta misma fecha se insta a la parte interesada consignar los fotostatos a fin de librar la compulsa.-

LA SECRETARIA ACC.

AVR/SCM/Marisol

Exp. No. 15.867

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