Decisión de Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Lara (Extensión Barquisimeto), de 16 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2009
EmisorJuzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteIraima Betancourt
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

Barquisimeto, 16 de noviembre de 2009

ASUNTO: KP02-L-2009-00135

PARTE ACTORA: Y.P.P., venezolana, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad Nro. 3.381.968.

PARTE DEMANDADA: EMPRESA PARA LA INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA LATINOAMERICANA, S.A. FERROLASA.

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MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 16 de Noviembre de 2009, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa. El Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el Alguacil, ciudadano W.L.; la parte actora Y.P.P., venezolana, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad Nro. 3.381.968; no hizo acto de presencia; así como tampoco compareció la parte demandada, por lo que vista la incomparecencia de la parte actora, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.

La Jueza

Abg. Yraima Betancourt

La Secretaria,

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