Decisión nº 1546 de Juzgado Superior Contencioso Tributario de Anzoategui, de 5 de Agosto de 2009
Fecha de Resolución | 5 de Agosto de 2009 |
Emisor | Juzgado Superior Contencioso Tributario |
Ponente | Jorge Luis Puentes |
Procedimiento | Recurso Contencioso Tributario |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, cinco de agosto de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: BP02-U-2008-000143
Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, recibió Recurso Contencioso Tributario, recibido por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha 01-08-2008, el cual fue remitido por el ciudadano C.J.R.L. en su condición de Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), adscrito al Ministerio de Finanzas, según P.A. N° SNAT-2008-0227 de fecha 22 de mayo de 2008, Gaceta Oficial N° 38.940, de fecha 28 de mayo de 2008, mediante oficio N° SNAT-INTI-GRTI-RNO-DJT-RJ-2008-E-06140 de fecha veintiocho (28) de julio de 2008, interpuesto ante el Area de Correspondencia División de Tramitaciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscrito al Ministerio de Finanzas de la Región Nor-Oriental, en fecha veintitrés (23) de junio de 2008, por los ciudadanos J.R.M., J.A.O.L. y N.C.M., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 2.683.689, V-9.879.873 y V-11.309.291, actuando en su carácter de Representantes Legales de la contribuyente “FERTILIZANTES NITROGENADOS DE VENEZUELA, FERTINITRO, C.E.C.”, inscrita ante el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N° J-30519185-9, contra las Resoluciones:
Resoluciones N° Periodo Planilla de Liquidación N° Multa Art. 113 Intereses Moratorios
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000556 16/08/04 al 31/08/04 71001230001584 Bs. F. 588.552,12 Bs. F. 20.750,24
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000557 01/09/04 al 15/09/04 71001230001585 Bs. F. 188.849,96 Bs. F. 6.683,38
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000558 16/09/04 al 30/09/04 71001230001586 Bs. F. 72.729,07 Bs. F. 2.539,46
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000559
01/01/05 al 15/01/05 71001230001587 Bs. F. 244.967,22 Bs. F. 8.258,77
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000560 16/01/05 al 31/01/2005 71001230001588 Bs. F. 16.158,35 Bs. F. 547,50
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000561 16/03/05 al 31/03/05 71001230001589 Bs. F. 7.262,09 Bs. F. 229,00
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000562 01/04/06 al 15/04/06 71001230001590 Bs. F. 5.053,24 Bs. F. 150,84
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000563 01/07/06 al 15/07/06 71001230001591 Bs. F. 49.288,31 Bs. F. 1.677,45
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000564 01/08/06 al 15/08/07 71001230001592 Bs. F. 2.793,42 Bs. F. 93,38
Dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Finanzas; Este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente, en sus artículos 259, 260, 261, 262, y 266; a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares, recurrible en la vía Jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad e interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la recurrente; por tanto este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 26, 49 y 253 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por los ciudadanos J.R.M., J.A.O.L. y N.C.M., actuando en su carácter de Representantes Legales de la contribuyente “FERTILIZANTES NITROGENADOS DE VENEZUELA, FERTINITRO, C.E.C.”, contra las Resoluciones:
Resoluciones N° Periodo Planilla de Liquidación N° Multa Art. 113 Intereses Moratorios
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000556 16/08/04 al 31/08/04 71001230001584 Bs. F. 588.552,12 Bs. F. 20.750,24
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000557 01/09/04 al 15/09/04 71001230001585 Bs. F. 188.849,96 Bs. F. 6.683,38
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000558 16/09/04 al 30/09/04 71001230001586 Bs. F. 72.729,07 Bs. F. 2.539,46
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000559
01/01/05 al 15/01/05 71001230001587 Bs. F. 244.967,22 Bs. F. 8.258,77
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000560 16/01/05 al 31/01/2005 71001230001588 Bs. F. 16.158,35 Bs. F. 547,50
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000561 16/03/05 al 31/03/05 71001230001589 Bs. F. 7.262,09 Bs. F. 229,00
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000562 01/04/06 al 15/04/06 71001230001590 Bs. F. 5.053,24 Bs. F. 150,84
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000563 01/07/06 al 15/07/06 71001230001591 Bs. F. 49.288,31 Bs. F. 1.677,45
SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000564 01/08/06 al 15/08/07 71001230001592 Bs. F. 2.793,42 Bs. F. 93,38
Dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Finanzas; procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los Artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la respectiva Administración Tributaria.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de le Región Oriental. Barcelona, a los 05-08-2009. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez Suplente Especial,
Dr. J.L.P.T..
La Secretaria,
Abg. R.C..
Nota: En esta misma fecha (05-08-2009), siendo las 3:30 p.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
La Secretaria
Abg. R.C..