Decisión nº 1546 de Juzgado Superior Contencioso Tributario de Anzoategui, de 5 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución 5 de Agosto de 2009
EmisorJuzgado Superior Contencioso Tributario
PonenteJorge Luis Puentes
ProcedimientoRecurso Contencioso Tributario

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental

Barcelona, cinco de agosto de dos mil nueve

199º y 150º

ASUNTO: BP02-U-2008-000143

Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, recibió Recurso Contencioso Tributario, recibido por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha 01-08-2008, el cual fue remitido por el ciudadano C.J.R.L. en su condición de Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), adscrito al Ministerio de Finanzas, según P.A. N° SNAT-2008-0227 de fecha 22 de mayo de 2008, Gaceta Oficial N° 38.940, de fecha 28 de mayo de 2008, mediante oficio N° SNAT-INTI-GRTI-RNO-DJT-RJ-2008-E-06140 de fecha veintiocho (28) de julio de 2008, interpuesto ante el Area de Correspondencia División de Tramitaciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscrito al Ministerio de Finanzas de la Región Nor-Oriental, en fecha veintitrés (23) de junio de 2008, por los ciudadanos J.R.M., J.A.O.L. y N.C.M., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 2.683.689, V-9.879.873 y V-11.309.291, actuando en su carácter de Representantes Legales de la contribuyente “FERTILIZANTES NITROGENADOS DE VENEZUELA, FERTINITRO, C.E.C.”, inscrita ante el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N° J-30519185-9, contra las Resoluciones:

Resoluciones N° Periodo Planilla de Liquidación N° Multa Art. 113 Intereses Moratorios

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000556 16/08/04 al 31/08/04 71001230001584 Bs. F. 588.552,12 Bs. F. 20.750,24

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000557 01/09/04 al 15/09/04 71001230001585 Bs. F. 188.849,96 Bs. F. 6.683,38

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000558 16/09/04 al 30/09/04 71001230001586 Bs. F. 72.729,07 Bs. F. 2.539,46

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000559

01/01/05 al 15/01/05 71001230001587 Bs. F. 244.967,22 Bs. F. 8.258,77

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000560 16/01/05 al 31/01/2005 71001230001588 Bs. F. 16.158,35 Bs. F. 547,50

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000561 16/03/05 al 31/03/05 71001230001589 Bs. F. 7.262,09 Bs. F. 229,00

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000562 01/04/06 al 15/04/06 71001230001590 Bs. F. 5.053,24 Bs. F. 150,84

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000563 01/07/06 al 15/07/06 71001230001591 Bs. F. 49.288,31 Bs. F. 1.677,45

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000564 01/08/06 al 15/08/07 71001230001592 Bs. F. 2.793,42 Bs. F. 93,38

Dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Finanzas; Este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente, en sus artículos 259, 260, 261, 262, y 266; a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares, recurrible en la vía Jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad e interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la recurrente; por tanto este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 26, 49 y 253 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por los ciudadanos J.R.M., J.A.O.L. y N.C.M., actuando en su carácter de Representantes Legales de la contribuyente “FERTILIZANTES NITROGENADOS DE VENEZUELA, FERTINITRO, C.E.C.”, contra las Resoluciones:

Resoluciones N° Periodo Planilla de Liquidación N° Multa Art. 113 Intereses Moratorios

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000556 16/08/04 al 31/08/04 71001230001584 Bs. F. 588.552,12 Bs. F. 20.750,24

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000557 01/09/04 al 15/09/04 71001230001585 Bs. F. 188.849,96 Bs. F. 6.683,38

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000558 16/09/04 al 30/09/04 71001230001586 Bs. F. 72.729,07 Bs. F. 2.539,46

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000559

01/01/05 al 15/01/05 71001230001587 Bs. F. 244.967,22 Bs. F. 8.258,77

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000560 16/01/05 al 31/01/2005 71001230001588 Bs. F. 16.158,35 Bs. F. 547,50

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000561 16/03/05 al 31/03/05 71001230001589 Bs. F. 7.262,09 Bs. F. 229,00

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000562 01/04/06 al 15/04/06 71001230001590 Bs. F. 5.053,24 Bs. F. 150,84

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000563 01/07/06 al 15/07/06 71001230001591 Bs. F. 49.288,31 Bs. F. 1.677,45

SANAT/GRTI/RNO/DCE/2008/SRET/000564 01/08/06 al 15/08/07 71001230001592 Bs. F. 2.793,42 Bs. F. 93,38

Dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Finanzas; procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los Artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la respectiva Administración Tributaria.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.

Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de le Región Oriental. Barcelona, a los 05-08-2009. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

El Juez Suplente Especial,

Dr. J.L.P.T..

La Secretaria,

Abg. R.C..

Nota: En esta misma fecha (05-08-2009), siendo las 3:30 p.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.

La Secretaria

Abg. R.C..

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