Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de Merida (Extensión Mérida), de 22 de Julio de 2013

Fecha de Resolución22 de Julio de 2013
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
PonenteAlbio Antonio Contreras Zambrano
ProcedimientoInterdiccion

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, 22 de julio de dos mil trece.

203º y 154º

Visto el escrito de fecha 15 de julio de 2013 (folio 440), suscrito por el abogado J.O.P.R., en su condición de apoderado judicial de la parte actora, mediante el cual señala las personas que integraran el c.d.t., este Tribunal procede a efectuar el nombramiento del C.d.T., con cuatro (04) familiares, mayores de edad, que gocen de un buen concepto público, con la advertencia de que el cargo de miembro de dicho Consejo es obligatorio, como también, lo es la asistencia personal a las sesiones, salvo que presenten excusas por motivos justos. La opinión del C.d.T. será motivada y las funciones de sus miembros son gratuitas, cada vez que, haya de convocarse al Consejo para oírse opinión respecto a algún asunto, se notificará al Protutor el cual podrá asistir a sus sesiones, pero sin derecho a votar. En orden a lo expuesto se hace el nombramiento del C.d.T., en las siguientes personas, ciudadanos: N.D.C.P.P., C.E.P.P., R.I.P.P. y YESLY V.F.P., venezolanas, mayores de edad, de 55 años de edad la primera, 53 años de edad la segunda, 52 años de edad la tercera, y 27 años de edad la cuarta, titulares de las cédulas de identidad números:8.020.569, 8.020.073, 10.100.334 y 17.896.150 respectivamente, domiciliadas en la Avenida F.P.d.E., N° 22 la primera, la segunda y la cuarta y domiciliada en la Calle 2 del Sector B.V.d.E., Callejón Ciego, Casa S/N la tercera y civilmente hábiles; de Protutor en la persona del ciudadano C.A.F.P., venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.995.624, domiciliado en la Calle 2, Sector B.V., Casa N° 87, Parroquia Matriz, Municipio Campo E.d.E.M. y civilmente hábil, y como Suplente del Protutor, al ciudadano J.A.S.M., venezolano, de 80 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-678.284, del mismo domicilio que el primero y civilmente hábil; a quienes se ordena librar boleta de notificación, para que comparezcan por ante el Despacho de este Tribunal, en el SEGUNDO (2°) DIA DE DESPACHO siguiente a aquel en que conste en autos la última de las notificaciones, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.), para que manifiesten su aceptación o excusa al cargo recaído, y en el primero de los casos, presten el juramento de ley. Líbrense las respectivas boletas de notificación y entréguense al Alguacil del Tribunal para que las haga efectivas.

EL JUEZ TITULAR,

A.C.Z.

LA SECRETARIA TITULAR,

S.Q.Q.

En la misma fecha se libraron las respectivas boletas de notificación y se entregaron al alguacil del Tribunal para que las haga efectivas. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,

S.Q.Q.

ACZ/SQQ/pmv.-

Exp. 10031.

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