Decisión nº s-n de Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 3 de Nueva Esparta, de 25 de Mayo de 2004

Fecha de Resolución25 de Mayo de 2004
EmisorTribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 3
PonenteJuneima Cordero
ProcedimientoLibertad Plena

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, SECCION LA ASUNCIÓN

La Asunción, 25 de Mayo de 2004

193* y 144*

RESOLUCION JUDICIAL

L.P.

IMPUTADO J.L.S.J., quien es venezolano, natural de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, de profesión u oficio estudiante, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.895.241, nacido en fecha 23/07/81, de 22 años de edad, residenciado en Playa Moreno, casa de color verde con rosado, Calle G.S., a tres casa de la Gallera, Pampatar, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta,

DEFENSA DRA C.A.

FISCAL DR. J.F.

DELITO NINGUNO

Oídas las partes en la audiencia oral que tuvo lugar el día de hoy en las presentes actuaciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial del estado Nueva Esparta con sede en la ciudad de la Asunción, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley:

PRIMERO En virtud de que no están llenos los extremos del Art. 250 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal por no haber delito y de conformidad con los principios establecidos en los Art. 8 del Código Orgánico Procesal Penal en relación a Presunción de inocencia EN CONCORDANCIA CON EL ART 49 ord. 2 de la constitución Bolivariana de la República de Venezuela, se decreta la L.P.d.I. SEGUNDO Se ordena la prosecución del presente procedimiento por la vía ordinaria

Regístrese, déjese copia, líbrese boleta de libertad y en su debida oportunidad legal remítase las presentes actuaciones.

LA JUEZ DE CONTROL N° 03,

DRA. JUNEIMA CORDERO BARRETO

LA SECRETARIA,

ABG. F.Q.

En la misma fecha se dió cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,

ABG. F.Q.

ACT NRO. 3C-8237

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR