¿Quiénes fijarán los precios?

Diferentes voceros gubernamentales han expuesto di versas explicaciones con respecto al alcance y contenidos de la Ley de Costos y Precios Justos. En declaraciones de funcionarios a cargo del diseño de este sistema de supervisión sobre los costos, precios y otras dimensiones de las decisiones de los actores económicos, se destaca que la participación popular dentro de todo el proceso de ejecución de la ley, es transversal y protagónica, y se señala que tal protagonismo se concretará en ejercicio de la contraloría social VTV/ AVN 23/9/2011. El texto legal indica la incorporación de las organizaciones del poder popular en varios aspectos de su implementación: 1 La Superintendencia Nacional de Costos y Precios podrá establecer mecanismos de participación de las comunidades organizadas o grupos de consumidores dentro del proceso de categorización; 2 La comunidad organizada apoyará a los entes que forman el Sistema Nacional Integrado de Costos y Precios para lograr la eficacia en el control social; 3 La Sunacopre podrá celebrar convenios con la comunidad para la realización de actividades de verificación y otras actividades materiales de simple ejecución que sirvan a los fines de las fiscalizaciones e inspecciones. Los elementos señalados apuntan a que la comuni dad organizada mencionada en el texto legal debe entenderse como las formas del poder popular, reconocidas, reguladas y empoderadas por las leyes que crean y articulan el Estado comunal. El texto de la Ley de Costos no establece un puente entre el sistema de vigilancia sobre los costos y precios, y las acciones de contraloría social. Esa categoría es fundamental en el diseño de la visión del nuevo modelo de relación con lo social, lo comunitario y los actores privados. De hecho, la definición contenida en la Ley Orgánica de Contraloría Social deja...

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