Decisión de Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control de Merida (Extensión El Vigia), de 15 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución15 de Marzo de 2011
EmisorTribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control
PonenteJesús Aquiles Fajardo
ProcedimientoSobreseimiento De La Causa

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA,

EXTENSIÓN EL VIGÍA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE

CONTROL N°- 06.

El Vigía, 15 de Marzo de 2011

200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2009-000154

ASUNTO : LP11-P-2009-000154

Pronunciamiento del Tribunal.- Finalizada la audiencia y oídas las exposiciones de cada una de las partes, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara extinguida la acción penal y en consecuencia, decreta el sobreseimiento de la causa a favor del acusado J.L.B.R., Venezolano, titular de la cédula de Identidad N° V.- 13.283.418, fecha de nacimiento 13-09-1976, de 34 años de edad, Natural del Vigía Estado Mérida, de oficio chofer, soltero, hijo de J.O.B. (v) y de A.R. (v), con quinto grado de educación básica, residenciado el parcelamiento R.V., calle 3, al frente de la profesora Karina y a media cuadra de la Bodega el R.E.M., teléfono 0424-7503685, por la comisión del delito de Violencia Física, previstos y sancionados en el artículo 42 de La Ley Orgánica Sobre El Derecho de Las Mujeres A Una V.L.D.V., en perjuicio de las ciudadanas M.R., J.R. y M.d.C.R., en virtud de haber transcurrido el lapso fijado por el Tribunal al decretar la Suspensión Condicional del Proceso en fecha 11-2-2010, según informe de finalización inserto al folio 103 de la causa, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 48 numeral 7 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta el cese de las medidas impuestas al acusado J.L.B.R., dictadas en decisión de fecha 11-2-2010. TERCERO: Una vez quede firme la presente decisión, se acuerda su remisión al Jefe del Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a los fines de su guarda y custodia. CUARTO: Se acuerda agregar la constancia de finalización consignada por el acusado en este acto. Se fundamenta la presente en los artículos antes señalados y en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Quedaron las partes debidamente notificadas, de conformidad con el artículo 175 del COPP. ---------------------------------------------

EL JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL N° 6

ABG. J.A.F.

LA SECRETARIA

ABG. EDIHT GARCIA

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