Decisión de Tribunal Primero de Ejecución L.O.P.N.A de Monagas, de 15 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2013
EmisorTribunal Primero de Ejecución L.O.P.N.A
PonenteLiliam Lara Andarcia
ProcedimientoMantener La Medida De Reglas De Conducta

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial Penal del Estado Monagas

Tribunal de Ejecución Sección Adolescente

Maturin, 15 de Febrero de 2013

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2011-000526

ASUNTO : NP01-D-2011-000526

JUEZA DE EJECUCION: ABG. L.L.A.

SECRETARIA: ABG. Z.S. OCA

SANCIONADO: J.G.Z.B.

DELITO: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS

RESOLUCION: REVISIÓN DE LA MEDIDA

De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal procede a efectuar LA REVISION DE MEDIDA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, que cumple el sancionado J.G.Z.B. titular de la cédula de identidad Nº 25.012.252, quien es V., de 15 años de edad, natural MATURÍN Estado MOANAGAS, nacido en fecha 11/04/1996, de estado civil soltero, hijo de M.B. (V) y de ORLANDO JOSE ZAPATA (V), EMPAQUETADOR, con domicilio: B.V. del Valle cerca del psiquiátrico, vía la Pica, calle 4 al lado de la B.V. del Valle, Teléfono 0416-792.00.73 MATURÍN ESTADO MONAGAS, Teléfono 0291-6420838, por el lapso de UN (01) AÑO, de conformidad con lo previsto en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, observando lo siguiente:

En fecha 26 de Marzo de 2012, se realizó la Ejecución de la sanción impuesta al sancionado de autos, siendo impuesto de la referida decisión en fecha 14-05-2012 y se le informó que sus presentaciones debería de realizarla por ante el Departamento de Trabajo Social de este organismo judicial, correspondiéndole la supervisión a la Licenciada E.L..

En fecha 15/10/2012 se REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA impuesta al ciudadano J.G.Z.B. por el lapso de UN (01) AÑO, quien habia cumplido con dicha medida por el lapso CINCO (05) MESES Y UN (01) DIA, F. por cumplir SEIS (06) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS.

Asimismo, en el día de hoy 15/02/2013 se recibió Informe presentado por el Departamento de Servicio Social, en el cual se evidencia que el joven continua efectuando sus presentaciones puntualmente, no ha logrado reinsertarse en el sistema educativo, se desempeña como ayudante de peluquería en su domicilio, mantiene un comportamiento acorde a las exigencias y requerimientos propios de la sanción, su Pronostico es favorable.

Se observa, que hasta el día de hoy 15/02/2013, el joven ha cumplido con la medida pro el lapso de NUEVE (09) MESES Y UN (01) DIA, F. por cumplir DOS (02) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS.

Como quiera que se observa, que el joven se encuentra cumpliendo con la medida impuesta, ha comparecido puntualmente a sus presentaciones, considera este Tribunal conveniente MANTENER LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA, a fin de lograr una reinserción optima a la sociedad y a su grupo familiar.

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA impuesta al ciudadano J.G.Z.B. titular de la cédula de identidad Nº 25.012.252, por el lapso de UN (01) AÑO, quien ha cumplido con dicha medida por el lapso NUEVE (09) MESES Y UN (01) DIA, F. por cumplir DOS (02) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS. I. del presente auto al sancionado. SE FIJA LA PRÓXIMA DECISIÓN PARA EL DÍA MARTES 14 DE MAYO DE 2013. N. alF.D. Especializado del Ministerio Público y a la Defensor Público Especializado. O. y envíese Copia Certificada al Departamento de Servicio Social de esta Sección Penal de Adolescentes. C..

LA JUEZ DE EJECUCIÓN,

ABG. L.L.A..-

LA SECRETARIA,

ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA.

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