Decisión nº 6C-692-02 de Tribunal Sexto de Control Los Teques de Miranda, de 5 de Marzo de 2004

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2004
EmisorTribunal Sexto de Control Los Teques
PonenteRicardo E. Rangel Avilés
ProcedimientoDesistimiento De La Accion

Los Teques, 05 de Marzo de 2004.-

193° y 144°

Juez Unipersonal: Dr. R.R.A.

Fiscal 3° del Ministerio Público: Dr. Damiano D’angelo

Solicitante: F.S..-

Secretaria: Abg. I.C.M.

Solicitud: Entrega de Vehículo, conforme al contenido del artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal.-

DECISIÓN

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Declara el Desistimiento Tácito de la solicitud interpuesta en fecha 22/01/2002, por el ciudadano F.S., titular de la cédula de identidad N° V-2.764.914, consigna por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, en relación a la entrega del vehículo placas 693-ADL, marca Chevrolet, modelo C-30, año 1982; por aplicación analógica del contenido del tercer, cuarto y quinto aparte del artículo 416 del Código Orgánico Procesal Penal.-

Se declara Temeraria la actuación del solicitante.-

Notifíquese a las partes, de la presente decisión, conforme al único aparte del Artículo 175 del texto adjetivo penal. Publíquese en cartelera boleta de notificación del solicitante, de conformidad a lo dispuesto en el primer aparte del artículo 181 ejusdem.-

Remítanse las actuaciones en su oportunidad legal, a la Oficina de Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal.-

Regístrese, Publíquese, déjese copia. Cúmplase

Causa: 6CS692-02

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