Decisión nº S-N de Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 22 de Junio de 2010

Fecha de Resolución22 de Junio de 2010
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteKervin Villalobos
ProcedimientoSolicitud De Entrega De Vehiculo

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo

Punto Fijo, 22 de Junio de 2010

200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2009-005297

ASUNTO : IP11-P-2009-005297

AUTO MEDIANTE EL CUAL SE ORDENA APERTURAR CUADERNO SEPARADO EN RELACION A LA SOLICITUD DE VEHICULO

Se encuentran en este Despacho las presentes actuaciones que se instruyen en contra del ciudadano A.E.R.D., identificado en autos, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRPOPICAS previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

Se observa que en la presente causa, lo procesados de autos se acogieron al procedimiento por admisión de los hechos conforme a lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal.

Cursa en la presentes actuaciones escrito presentado por el abogado L.M. en su condición de abogado asistente del ciudadano ADRUMA J.R.R. mediante la cual solicita la devolución de un vehículo que resultara retenido durante la investigación identificado de la siguiente manera: MARCA: FORD, TIPO: SEDAN; MODELO: FIESTA 1.6; USO: CLASE: AUTOMOVIL; COLOR: PLATA; SERIAL DE CARROCERIA: 8YPB01CX48A15752; CLASE: AUTOMOVIL; SERIAL CHASIS: 8YPBP01CX48A15752; PLACA: AED01J.

Ahora bien, como quiera que a los efectos de hacer un pronunciamiento en relación a la solicitud de vehículo peticionada por la defensa, este Tribunal requiere realizar algunas de actuaciones a fin de corroborar con los organismos respectivos la información en relación a la documentación presentada por el solicitante y como quiera que el procesado se acogió al procedimiento por admisión de los hechos, por lo cual la causa debe continuar su trámite legal respectivo por ante el Juzgado de Ejecución, este Tribunal acuerda aperturar un cuaderno separado que contenga los recaudos en relación a la solicitud de vehículo y se ordena la remisión del asunto principal al Juzgado de Ejecución respectivo a fin de que se continúe el tramite de ley correspondiente.

Asimismo, se ordena solicitar a la Guardia Nacional Bolivariana, se practique experticia de reconocimiento legal al vehículo MARCA: FORD, TIPO: SEDAN; MODELO: FIESTA 1.6; USO: CLASE: AUTOMOVIL; COLOR: PLATA; SERIAL DE CARROCERIA: 8YPB01CX48A15752; CLASE: AUTOMOVIL; SERIAL CHASIS: 8YPBP01CX48A15752; PLACA: AED01J, el cual se encuentra en la sede del Estacionamiento Nazareth de esta ciudad de Punto Fijo Estado Falcón. Líbrense los oficios y las notificaciones respectivas. Cúmplase.

El Juez Segundo de Control

Abg. K.E.V.M.

La Secretaria,

Abg. R.C..

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