Decisión de Tribunal Tercero de Ejecución L.O.P.N.A. de Caracas, de 22 de Abril de 2009

Fecha de Resolución22 de Abril de 2009
EmisorTribunal Tercero de Ejecución L.O.P.N.A.
PonenteAdda Baez
ProcedimientoSustitución De La Medida De Semi-Libertad

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE

JUZGADO TERCERO DE EJECUCION

Caracas, 22 de Abril de 2009

199º y 150º

RESOLUCIÓN SUSTITUYENDO MEDIDA SEMI-L.P.

L.A.

Expediente N° 500-08

JUEZA TITULAR: A.M. BAEZ B.

MINISTERIO PÚBLICO: DRA. C.D.M.

N° 117

DEFENSA: ANNERY AVILES

N° 1

SANCIONADOS: SE OMITE IDENTIDAD

SE OMITE IDENTIDAD

Visto que en esta misma fecha se sustituyó la medida sancionatoria de Semi-Libertad a la que estaban sujetos los ciudadanos SE OMITE IDENTIDAD y SE OMITE IDENTIDAD, por la de L.A., a quien se le sigue causa con la nomenclatura 500-08, este Tribunal, previo a dictar la Resolución respectiva, hace las siguientes consideraciones:

Primero

En sentencia publicada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Caracas, en fecha 08-07-2008, se sancionó a los entonces adolescentes SE OMITE IDENTIDAD y SE OMITE IDENTIDAD, con las medidas de Semi-Libertad, por el lapso de un (01) año y L.A., por un (01) año; por la comisión de los delitos de Robo Agravado y Porte Ilícito de Arma de Fuego, en perjuicio de Á.J.R.M..

Segundo

En fecha 29-07-2008, fue recibida la causa procedente del mencionado Juzgado, por conducto de la Unidad Receptora y Distribuidora de Documentos y examinada como lo fue la competencia para el conocimiento de la ejecución, supervisión de la medida sancionatoria, se le dio entrada y se registró bajo la nomenclatura 500-08, en el Libro llevado al efecto.

Tercero

Este Juzgado el 18 de Septiembre de 2008, celebró audiencia para imponerlos de las condiciones de cumplimiento de la medida de Semi-Libertad, acordándose su remisión a la Casa de Formación Integral C.U..

Cuarto

En el Plan Individual allegado a los autos en fecha 25 de Noviembre de 2008, relacionado con SE OMITE IDENTIDAD, entre otras cosas, se señaló como metas en el Área Social: a Corto y Mediano Plazo: - Abordaje Individual; - Entrevistas Individuales; - Entrevistas familiares; - Orientación Individual; Dinámica familiar; - Trabajo grupal. A Largo Plazo: - Abordaje Individual; - Supervisión Laboral; - Planes de Trabajo; - Orientación Familiar; -Entrevista Individual; -Dinámicas de crecimiento personal. Área Psicopedagógica: a Mediano Plazo: - Entrevistas; - Pruebas; -Conocimiento de la Leyes: L.o.p.n.a, Reglamento Interno y Constitución Nacional; - Elaboración de tarjetas; - Realización de dibujos y afiches; - Ambientación de áreas. A Largo Plazo: - Caligrafías; - Copias con dibujos; - Ejercicios de Atención; - Dictados Cortos; - Ejercicios de las cuatros operaciones básicas de cálculo; -Ejercicios de números progresivos y regresivos; - Lectura silenciosa y oral; - Manejo de los aspectos formales de la escultura; - Interpretación de textos cortos; - Valores y normas de la sociedad; - Temas mas relevantes en las áreas sociales y ciencias, según su nivel. Área Psicológica: a Corto Plazo: - Abordaje individual. A largo plazo: - Abordaje individual; - Mapas emocionales; -Dinámicas de crecimiento personal. Área Recreativa Cultural y Deportiva: a Mediano Plazo: 1. Deportivas (varias disciplina); 2. Cultural (programada en la Entidad); 3. Recreativa (juegos lúdicos, TV). Área de Capacitación Laboral y Ocupacional: a mediano plazo: 1. Charlas (teórico-practico); 2. Evaluación; 3. Certificación.

Quinto

Igualmente en el Plan Individual, relacionado con SE OMITE IDENTIDAD, entre otras cosas, se señaló como metas en el Área Social: a Corto Plazo: - Abordaje Individual; Abordaje Familiar. A Mediano Plazo: - Orientación Individual; -Orientación al grupo familiar; a través de la asamblea. A Largo Plazo: - Orientación Individual; - Toma de conciencia por parte del joven en estudio; - Supervisión al sitio de estudio; Apoyo incondicional por parte de su grupo familiar; - Orientación; - Concientización; - Selección de amistades dentro de su entorno; - Respecto a si mismo y a las demás personas; - Mantener siempre la buena comunicación dentro del grupo familiar. Área Psicológica: a Corto, Mediano y Largo Plazo: -Trabajo Individual; - Participar en Talleres de Formación. Área Psicopedagógica: a Corto Plazo: - 1. Utilización de: coma, punto y seguido, punto y aparte, dos puntos, punto y coma, comillas, exclamación e interrogación. A mediano plazo: - Resolver ejercicios y problemas. Área Recreativa Cultural y Deportiva: a Mediano Plazo: 1. Deportivas (varias disciplinas); 2. Cultural (programada en la Entidad); 3. Recreativa (juegos lúdicos, TV). Área de Capacitación Laboral y Ocupacional: a mediano plazo: 1. Charlas (teórico-practico); 2. Evaluación; 3. Certificación.

Sexto

Con respecto al Informe Evolutivo del joven SE OMITE IDENTIDAD, que riela a los folios 99 al 104 de la pieza II, se señala: Área social, las metas que tienen que ver con el acatamiento del Reglamento Interno, conocimiento de los factores de riesgos y de protección incidentes en su situación, mejorar sus capacidades laborales y educativas mediante su formación técnica, ha habido notables progresos; en el área psicopedagógica, las metas que tienen que ver con actividades complementarias, se indica que se comenzarán a trabajar y se tomará como punto de referencia la exaltación de fechas patrias y religiosas importantes; en lo relativo a su nivelación escolar, actualmente el joven ha logrado consolidar algunos objetivos de aprendizaje, se ha incorporado en áreas recreativas, culturales, ocupacionales y deportivas e igualmente ha participado en el taller de cerámica; en el aspecto psicológico, el joven ha mostrado pensamiento autocrítico y reflexivo en el seguimiento de las normas, cumpliendo el horario; con respecto a la planificación de metas y el desarrollo positivo de su autoestima, se ha evidenciado que ésta es baja y que necesita seguir reforzando el desarrollo de metas acordes con sus necesidades, aún están presentes rasgos de inseguridad e inestabilidad que se manifiesta en el comportamiento con los pares, no obstante ello, se evidencia capacidad de acatar normas socialmente pautadas, respecto a las figuras de autoridad.

Séptimo

En cuanto a SE OMITE IDENTIDAD, su Informe Evolutivo, señala en el área social, que las metas relativas al acatamiento del reglamento interno, han sido debidamente cumplidas, es respetuoso, diligente, cumple con las tareas asignadas, horarios y se ha mantenido alejado de situaciones conflictivas ocurridas con el resto de la población; con respecto a su participación en las actividades dentro del Centro, a pesar de sus ocupaciones laborales y de estudio, participa en las mismas; en las supervisiones realizadas a su lugar de trabajo y estudio, se ha evidenciado que es responsable y está consciente de su problemática; en el área psicopedagógica, el joven ha demostrado interés, buen uso de los signos ortográficos, denota avances en cuanto a la variables de las ecuaciones, por ello se seguirá trabajando en esta meta; área psicológica, desde su ingreso ha demostrado capacidad de escucha, acatamiento de normas, disposición al cumplimiento de la medida, referente a horario de entrada y salida, así como respeto a la figura de autoridad, en cuanto a la autoestima, muestra una adecuada percepción de sí mismo, sentido de pertenencia con su familia e identidad social, seguridad en sus metas personales y motivación en la consecución de sus logros, es reflexivo y autocrítico.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su artículo 646, nos señala la competencia para controlar tanto el cumplimiento de las medidas impuestas, como los objetivos fijados por esta Ley. Así mismo, la citada ley en su artículo 647, en su literal e), señala como supuestos a los cuales atender a los efectos de Revisar la medida, que: 1) que la sanción no cumpla con los objetivos para la cual fue impuesta, y, 2) por ser contraria al proceso de desarrollo del adolescente, lo que implica que si bien es cierto que la facultad del Juez de Ejecución, está referida al cumplimiento de la sanción en los términos en que fue dictada la sentencia, en el transcurso del tiempo y de forma progresiva, éste, atendiendo a las circunstancias específicas del caso producidas posteriormente, a la determinación de la sanción, deba verificar por una parte, si la medida impuesta está dando resultados o no, establecer los correctivos necesarios y resolver incidentes, de allí, la razón de la audiencia de revisión, a través de la cual podrá modificarla o sustituirla por otras menos gravosas. En el caso que nos ocupa, observamos que ambos sancionados la mayor parte de las metas establecidas en sus respectivo Planes Individuales, las han logradas, como se evidencia de los Informes Evolutivos, específicamente las relacionadas con el acatamiento del Reglamento Interno de la Casa de Formación Integral C.U. donde están cumpliendo la medida de Semi-libertad, afrontan los factores de riesgo que incidieron en su conducta delictiva, ha habido mejoras en las áreas laboral y educativa, tienen un pensamiento autocrítico y reflexivo en el seguimiento de las normas, y en cuanto a la autoestima, I.E., requiere reforzar lo relativo al desarrollo de metas, acordes con sus necesidades, en cambio Josnell José, se muestra mas perceptivo de sí mismo, sentido de pertenencia con su familia e identidad social, por lo que en criterio de quien decide, las metas pendientes pueden lograrse mediante su incorporación a un programa socioeducativo, distinto a la Semi-libertad; e igualmente cabe resaltar como circunstancias a ponderar que: 1) los sancionados han cumplido un tiempo superior al año que se les impuso de la medida en ejecución, 2) que en autos no consta que se hayan visto involucrados en conductas irregulares dentro de la Entidad donde están cumpliendo la medida, 3) la constatación de que se encuentran incorporados al área laboral y educativa; por ello, lo ajustado a derecho y en atención al principio de progresividad, la medida más idónea lo constituye la L.A., a través de la cual se les someterá a la supervisión, orientación y seguimiento de una persona especializada, quien en el respectivo Plan de Acción, tendrá en consideración las metas pendientes de ejecutar que se establecieron en los respectivos Planes Individuales.

DISPOSITIVA

Hechas las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 622, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Resuelve: UNICO: Sustituir la medida de Semi-Libertad, que por el lapso de un (01) año, les fue impuesta a SE OMITE IDENTIDAD, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° SE OMITE, nacido en Caracas, el SE OMITE, hijo de SE OMITE IDENTIDAD y de SE OMITE IDENTIDAD y a SE OMITE IDENTIDAD, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº SE OMITE, nacido en Caracas el SE OMITE, hijo de SE OMITE IDENTIDAD y de SE OMITE IDENTIDAD, conforme a la sentencia dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes de este mismo Circuito, en fecha 08-07-08, por la de L.A., prevista en el artículo 626, ejusdem, por el lapso de CINCO (05) MESES y UN (01) día, en cuanto al primero, y el segundo, CUATRO )04) MESES y VEINTINUEVE (29) DIAS. ASI SE DECIDE. Dictada en horas de audiencia, en Caracas, a los veintidós días del mes de Abril de dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

Regístrese, Diarícese y Publíquese. Cúmplase.

LA JUEZA

DRA. A.M. BAEZ B.

EL SECRETARIO

ABG. JESUS CAMARGO

AMB

Exp. Nº 500-08

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