Decisión nº 465-09 de Tribunal Primero de Control de Zulia (Extensión Maracaibo), de 4 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2009
EmisorTribunal Primero de Control
PonenteAndrés Enrique Urdaneta Casanova
ProcedimientoAudiencia Preliminar

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Circuito Judicial Penal

Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control

Maracaibo, 04 de Mayo de 2009

199° y 150°

ACTA DE DIFERIMIENTO DE LA AUDIENCIA

PRELIMINAR ART 327 DEL C.O.P.P

(ORDEN DE APREHENSIÓN)

Causa N° 1C-1743-07 Decisión N° 465-09

JUEZ PRIMERO DE CONTROL: ABOG. A.U.C..

SECRETARIA: ABG. MAGLENYS GONZALEZ

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

MINISTERIO PÚBLICO: ABG. S.F., Fiscal Novena Auxiliar del Ministerio Público.

IMPUTADO: LUIS SEGUNDO FERNANDEZ

DEFENSA PUBLICA: ABG. AMERICO PALMAR

DELITO: APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo.

VICTIMA: I.J.L.T..

En el día de hoy Lunes Cuatro (04) de A. deD.M.N. (2009), siendo las Diez y Treinta de la mañana (10:30 am), día fijado por este Tribunal Primero de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR, de conformidad con lo previsto en el vigente articulo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de la ACUSACION interpuesta por la Fiscalia Novena del Ministerio Público, en contra del imputado LUIS SEGUNDO FERNANDEZ, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, cometido en perjuicio de I.J.L.T.. Se constituyó el Tribunal, con el ciudadano ABOG. A.U.C., actuando como Juez, en compañía de la ciudadana ABG. MAGLENYS GONZALEZ, en su carácter de Secretaria de este Tribunal. Verificada la presencia de las partes se puede constatar que se encuentran presentes: la ciudadana ABG. S.F., Fiscal Novena Auxiliar del Ministerio Público; así como también el ABG. AMERICO PALMAR DEFENSOR PUBLICO N° 30, en representación del Imputado de autos. Dejando constancia así que no se encuentra presente: el imputado de autos LUIS SEGUNDO FERNANDEZ, a quien le fue librada la respectiva Boleta de Notificación. Seguidamente se procede a cederla palabra al Representante del Ministerio Publico, ABG. S.F., Fiscal Novena del Ministerio Público, quien expuso: “Vista que para el día de hoy se tiene fijada la fecha para la audiencia preliminar y por cuanto se evidencia en actas que se ha diferido en reiteradas oportunidades la Audiencia Preliminar por la incomparecencia del imputado LUIS SEGUNDO FERNANDEZ, y por cuanto el mismo no ha comparecido justificadamente ante este Tribunal Primero de Control, y se han librado las respectivas Boletas de Notificaciones con los organismos competentes, siendo negativas las mismas por no lograr la ubicación de la dirección aportada por el mencionado imputado, en consecuencia solicito al tribunal una vez de creerlo pertinente Revoque la Medida y ordene la Aprehensión del imputado y se remita dicha orden al CICPC, y que una vez detenido dicho ciudadano lo ponga a nombre de este Tribunal o del Ministerio Público, todo ello a los fines de que se lleve a efecto la Audiencia Preliminar. Seguidamente se le cede la palabra a la Defensa Publica, quien expone: “Revisada la presente causa y observado que efectivamente se le han librado las correspondientes boletas de notificación a mi represent5ado, desconozco las razones por las cuales el mismo no ha podido ser localizado, pudiendo ser que el mismo posea grabes problemas de salud o personales que le impidan acercarse hasta la sede de este Tribunal, para motivar su incomparecencia, es todo” Acto seguido este Tribunal resuelve de la manera siguiente: Revisada la presente causa, se ha verificado que el imputado de auto LUIS SEGUNDO FERNANDEZ, no han comparecidos ante este Tribunal a los fines de ser practicada la Audiencia Preliminar fijada en varias oportunidades, la cual se ha venido difiriendo por su incomparecencia, e igualmente se corroboró por ante el Sistema de Presentaciones que el referido imputado desde el veintinueve (29) de Febrero de 2008, no ha cumplido con las presentaciones cada treinta días impuestas en la Decisión donde se declaro con Lugar la Revisión de la Medida, en fecha Ocho (08) de Octubre del Dos Mil siete (2007), en la que se le otorgó una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el artículo 256 ordinal 3° y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que es procedente la REVOCATORIA de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad otorgada en fecha Siete (07) de M. delD.M. siete (2007), de conformidad con lo establecido en el artículo 256 Ordinal 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia, SE ORDENA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del imputado LUIS SEGUNDO FERNANDEZ, de nacionalidad Venezolano, Natural de Carrasqueño, Municipio Páez, Estado Zulia, Titular de la Cedula de Identidad 18.121.463, Estado Civil casado, Fecha de Nacimiento 10-01-82, de 24 años de edad, profesión u oficio Ayudante de Albañil, hijo de Victa R.F. (V) y L.F. (v), domiciliado en el Barrio La Fuerza Bolivariana, detrás del Sambil, calle 72, casa sin número, a ocho (8) casa del abasto Ramiro, Maracaibo, Estado Zulia, por lo que las autoridades competentes una vez que los aprehendan deberán ingresarlos inmediatamente al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas “El Marite”, a la orden de este Tribunal con el debido respeto a sus derechos y garantías y una vez aprehendidos se fijará nuevamente este acto, de conformidad con lo establecido en el numeral 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. ASI SE DECIDE.---------------------------------------------

DISPOSITIVA

Por los fundamentos de hecho y de derecho ya expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado LUIS SEGUNDO FERNANDEZ, de nacionalidad Venezolano, Natural de Carrasqueño, Municipio Páez, Estado Zulia, Titular de la Cedula de Identidad 18.121.463, Estado Civil casado, Fecha de Nacimiento 10-01-82, de 24 años de edad, profesión u oficio Ayudante de Albañil, hijo de Victa R.F. (V) y L.F. (v), domiciliado en el Barrio La Fuerza Bolivariana, detrás del Sambil, calle 72, casa sin número, a ocho (8) casa del abasto Ramiro, Maracaibo, Estado Zulia; quien presento las siguientes características fisonómicas al momento de su presentación; rasgo guajiro, Cabello castaño, de Ojos negro, de Estatura 1,66 de estatura aproximadamente, de Contextura regular, de boca mediana, labios delgados, con bigotes escasos, de orejas mediana, de cejas semi pobladas, de nariz aguileña, de piel morena, no presenta cicatriz ni tatuaje visible, y en consecuencia, SE ORDENA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del imputado de actas, por lo que las autoridades competentes una vez que los aprehendan deberán ingresarlos inmediatamente al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas “El Marite” , a la orden de este Tribunal con el debido respeto a sus derechos y garantías y una vez aprehendidos se fijará nuevamente este acto, de conformidad con lo establecido en l numeral 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 251 ordinales 3° y 4° Ejusdem. Queda notificado del contenido de esta decisión el Ministerio Público y la Defensa del imputado de autos. Se registro la presente Decisión bajo el N° 465-09. Concluye el acto siendo las Once y Treinta minutos de la mañana (11:30 am). Termino se leyó y conformes Firman.-

EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

ABOG. A.U.C.

LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO,

ABG. S.F.

EL DEFENSOR PUBLICO N° 30

ABG. AMERICO PALMAR

LA SECRETARIA

ABG. MAGLENYS GONZALEZ.

Causa N° 1C-1743-07

AUC/Magle*

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Circuito Judicial Penal

Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control

Maracaibo, 04 de Mayo de 2009

199° y 150°

OFICIO N° 1620-09

Ciudadano

COMANDANTE DEL COMANDO REGIONAL N° 03

DE LA GUARDIA NACIONAL ESTADO ZULIA

Su Despacho.

Adjunto al presente oficio remito a usted ORDEN JUDICIAL DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano LUIS SEGUNDO FERNANDEZ, de nacionalidad Venezolano, Natural de Carrasqueño, Municipio Páez, Estado Zulia, Titular de la Cedula de Identidad 18.121.463, Estado Civil casado, Fecha de Nacimiento 10-01-82, de 24 años de edad, profesión u oficio Ayudante de Albañil, hijo de Victa R.F. (V) y L.F. (v), domiciliado en el Barrio La Fuerza Bolivariana, detrás del Sambil, calle 72, casa sin número, a ocho (8) casa del abasto Ramiro, Maracaibo, Estado Zulia; por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, cometido en perjuicio de I.J.L.T., quien presento las siguientes características fisonómicas al momento de su presentación; rasgo guajiro, Cabello castaño, de Ojos negro, de Estatura 1,66 de estatura aproximadamente, de Contextura regular, de boca mediana, labios delgados, con bigotes escasos, de orejas mediana, de cejas semi pobladas, de nariz aguileña, de piel morena, no presenta cicatriz ni tatuaje visible, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 251 ordinales 3° y 4° Ejusdem.

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACIÓN

ABOG. A.U.C.

EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

Causa N° 1C-1743-07

AUC/Magle*

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Circuito Judicial Penal

Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control

Maracaibo, 04 de Mayo de 2009

199° y 150°

OFICIO N° 1619-09

Ciudadano

DIRECTOR DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES

CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS

DEL ESTADO ZULIA, SISTEMA INTEGRADO DE

INFORMACION POLICIAL (SIIPOL)

Su Despacho.

Adjunto al presente oficio remito a usted ORDEN JUDICIAL DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano LUIS SEGUNDO FERNANDEZ, de nacionalidad Venezolano, Natural de Carrasqueño, Municipio Páez, Estado Zulia, Titular de la Cedula de Identidad 18.121.463, Estado Civil casado, Fecha de Nacimiento 10-01-82, de 24 años de edad, profesión u oficio Ayudante de Albañil, hijo de Victa R.F. (V) y L.F. (v), domiciliado en el Barrio La Fuerza Bolivariana, detrás del Sambil, calle 72, casa sin número, a ocho (8) casa del abasto Ramiro, Maracaibo, Estado Zulia; por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, cometido en perjuicio de I.J.L.T., quien presento las siguientes características fisonómicas al momento de su presentación; rasgo guajiro, Cabello castaño, de Ojos negro, de Estatura 1,66 de estatura aproximadamente, de Contextura regular, de boca mediana, labios delgados, con bigotes escasos, de orejas mediana, de cejas semi pobladas, de nariz aguileña, de piel morena, no presenta cicatriz ni tatuaje visible, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 251 ordinales 3° y 4° Ejusdem.

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACIÓN

ABOG. A.U.C.

EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

Causa N° 1C-1743-07

AUC/Magle*

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Circuito Judicial Penal

Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control

Maracaibo, 04 de Mayo de 2009

199° y 150°

ORDEN DE APREHENSIÓN

SE HACE SABER

A las autoridades CIVILES, JUDICIALES Y MILITARES DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA: Que éste JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ordena la localización y aprehensión del ciudadano LUIS SEGUNDO FERNANDEZ, de nacionalidad Venezolano, Natural de Carrasqueño, Municipio Páez, Estado Zulia, Titular de la Cedula de Identidad 18.121.463, Estado Civil casado, Fecha de Nacimiento 10-01-82, de 24 años de edad, profesión u oficio Ayudante de Albañil, hijo de Victa R.F. (V) y L.F. (v), domiciliado en el Barrio La Fuerza Bolivariana, detrás del Sambil, calle 72, casa sin número, a ocho (8) casa del abasto Ramiro, Maracaibo, Estado Zulia; por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, cometido en perjuicio de I.J.L.T., quien presento las siguientes características fisonómicas al momento de su presentación; rasgo guajiro, Cabello castaño, de Ojos negro, de Estatura 1,66 de estatura aproximadamente, de Contextura regular, de boca mediana, labios delgados, con bigotes escasos, de orejas mediana, de cejas semi pobladas, de nariz aguileña, de piel morena, no presenta cicatriz ni tatuaje visible, se servirán tomar razón de la misma, dándole el más estricto cumplimiento, con el respeto debido a sus derechos y garantías constitucionales y procesales; y de lograr la aprehensión del mencionado ciudadano deberán recluirlo en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, a la orden de este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, a quien deberán notificar inmediatamente, así como a la Fiscalía Cuadragésima del Ministerio Público, a Nivel Nacional con Competencia Plena con Sede en Maracaibo del Estado Zulia o a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia todo de conformidad con lo establecido en el articulo 251 ultimo aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Dada, sellada, firmada en el JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, a los (04) días del mes de Mayo del año dos mil Nueve.

EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABOG. A.U.C.

LA SECRETARIA

ABG. MAGLENYS GONZALEZ CH.

Causa N° 1C-1743-07

AUC/Magle*

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial

Circuito Judicial Penal

Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control

Maracaibo, 04 de Mayo de 2009

199° y 150°

OFICIO N° 1621-09

Ciudadano

OFICINA NACIONAL DE EXTRANJERIA (ONIDEX)

Su Despacho.

Me dirijo a usted a los fines de informarle que este Tribunal mediante Decisión de esta misma fecha libro ORDEN JUDICIAL DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano LUIS SEGUNDO FERNANDEZ, de nacionalidad Venezolano, Natural de Carrasqueño, Municipio Páez, Estado Zulia, Titular de la Cedula de Identidad 18.121.463, Estado Civil casado, Fecha de Nacimiento 10-01-82, de 24 años de edad, profesión u oficio Ayudante de Albañil, hijo de Victa R.F. (V) y L.F. (v), domiciliado en el Barrio La Fuerza Bolivariana, detrás del Sambil, calle 72, casa sin número, a ocho (8) casa del abasto Ramiro, Maracaibo, Estado Zulia; por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, cometido en perjuicio de I.J.L.T., quien presento las siguientes características fisonómicas al momento de su presentación; rasgo guajiro, Cabello castaño, de Ojos negro, de Estatura 1,66 de estatura aproximadamente, de Contextura regular, de boca mediana, labios delgados, con bigotes escasos, de orejas mediana, de cejas semi pobladas, de nariz aguileña, de piel morena, no presenta cicatriz ni tatuaje visible, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Información que se le hace a los fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACIÓN

ABOG. A.U.C.

EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

Causa N° 1C-1743-07

AUC/Magle*

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