Decisión nº CAUSAN°2E-470-04.- de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 31 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2006
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
PonenteNorka del Rosario Mirabal Rangel
ProcedimientoCambio De Sitio Del Destacamento De Trabajo

San F.d.A., 31 de Marzo de 2006 195° y l46°

Revisado como ha sido el legajo contentivo de la presente Causa 2E 470-04 y vista el acta de comparecencia del penado E.R.S., titular de la cédula de identidad N°. 10.169.981, donde expone: comparezco por ante este Tribunal a los fines de informar que he cambiado de sitio de trabajo, por cuanto tengo un Lavado de Carro Ubicado en la calle Negro Primero y Madariaga Edificio More de esta Ciudad, el cual voy a administrar yo mismo y de allí voy a ganar mejor sueldo, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre lo solicitado observa: que en fecha 04-10-2005, este Tribunal otorgo el beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO al mencionado penado, quien debía prestar sus servicios como Mensajero del Bufete del Dr. U.D.J.O., representante Legal del Bufete, Ubicado en la Avenida Miranda, entre calle Negro Primero y Madariaga, Edificio More de esta ciudad, devengando un sueldo mínimo de salario, de la cual se evidencia oferta de trabajo emitida por el ciudadano U.D.J.O., en el folio 120 de la causa. En Consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, de conformidad con lo establecido en el Articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal Acuerda: CON LUGAR, LA NUEVA UBICACIÓN LABORAL del Destacamentario SEGOVIA R.E., titular de la cédula de identidad N°. 10.619.981. Notifíquese a las partes. Ofíciese al Director del Internado Judicial y a la Coordinación Zonal. Cúmplase.

JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,

NORKA MIRABAL RANGEL.

EL SECRETARIO,

ABG. YUNIS MENDEZ.

Seguidamente y en esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECRETARIO,

ABG. YUNIS MENDEZ.

CAUSA N° 2E-470-04.-

NMR/YMM/kl.-

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