Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 8 de Junio de 2005
Fecha de Resolución | 8 de Junio de 2005 |
Emisor | Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio |
Ponente | Alexa Gamardo |
Procedimiento | Procedimiento Ordinario |
ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2003-000526
Visto el escrito presentado por la DRA. M.G.M., en su carácter de Defensora Pública Tercera Penal (Suplente) en representación del acusado L.J.L.G., donde solicita el traslado urgente del referido ciudadano al Hospital L.R. de esta ciudad, dado a que el mismo presentas serios problemas de salud lo cual expone en el contenido de dicho escrito, al respecto este Tribunal acuerda: Primero: A los fines de garantizar el derecho de la salud de conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 209 del Código Orgánico Procesal Penal, el traslado para el día JUEVES 09 DE JUNIO DE 2005, A LAS 7:00 A.M. del mencionado ciudadano al Hospital Dr. L.R. de esta ciudad de Barcelona, con el fin de que sea evaluado en relación al problema de salud que presenta. Igualmente se ordena Oficiar al Director del referido nosocomio a los fines de que se sirva recibir y ordenar la atención debida al acusado ampliamente identificado en autos, debiendo remitir Informe Médico respectivo ante este Tribunal. Segundo: Ahora bien, vistas las resultas de las diligencias practicadas por el Comando Regional Nº 07 de la Guardia Nacional, Destacamento 75, donde plasman la imposibilidad de practicar las notificaciones de las víctimas J.D.V.P.M. y M.D.V.M.G., por no residir las mismas en las direcciones reflejadas en el presente asunto; así como de la testigo E.F.V., es por lo que se acuerda con respecto a las víctimas indicadas, notificarlas del Juicio Oral y Público pautado para el día 06/07/2005 a las 12:30 de la tarde, a las puertas del Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal, y en relación a la testigo Oficiar a la Fiscalía del Ministerio Público para que señale a este Tribunal una nueva dirección a los fines de notificarla o en su defecto la haga comparecer al Juicio Oral, por ser la misma promovida por la Vindicta Pública. ASÍ SE DECIDE. Líbrese boleta de traslado dirigida al Dr. Del Internado Judicial de esta ciudad, así como oficio al Director del mentado Hospital. Notifíquese a la solicitante. Notifíquese a las víctimas y ofíciese a la fiscalía en relación a la testigo. Cúmplase.
LA JUEZ DE JUICIO Nº 2,
DRA. A.G.R.
LA SECRETARIA,
ABG. C.C.S.
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