Decisión nº S-N de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del L.O.P.N.A de Falcon (Extensión Coro), de 6 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2009
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del L.O.P.N.A
PonenteEnialina Ruiz Ortiz
ProcedimientoInexistente

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Juicio Sección Penal Adolescentes

Del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón

Coro, 6 de Noviembre de 2009

199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2009-000185

ASUNTO : IP01-P-2009-000185

RESOLUCION ORDENANDO UBICACIÓN

Re visado como ha sido el presente asunto observa este Tribunal dio entrada al presente asunto en fecha 04 de febrero del 2009 en v.d.T. de control haber decretado el enjuiciamiento del adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna remitiendo el asunto a este Tribunal de Juicio para la apertura de Juicio Oral y Privado. Ahora bien en fecha 09 de Febrero de 2009 este Juzgado acuerda convocar a todas las partes a la audiencia de reacusación Inhibición y excusas para constituir el Tribunal Mixto, audiencia esta que fue diferida por la incomparecencia del adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna al igual que las fijadas en fechas 16 de Marzo 2009, 13 de Mayo 2009 10 de Junio de 2009, y 15 de julio del 2009 sin embargo evidencia este Tribunal que para las audiencias Fijadas en fecha 07 y 21 de Abril compareció el adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna con su representante legal, al acto fijado por este despacho, actos que fueron diferidos en virtud de la incomparecencia del fiscal y la defensa y en la que el adolescente y su representante legal quedaron notificados de la nueva fijación del referido acto para el día 13 de Mayo del 2009 día el cual fue diferido para el día 10 de Junio del 2009. Ahora de la revisión se Observa que el adolescente no compareció al acto fijado por este despacho estando debidamente notificado al igual que su representante legal asi mismo observa este Juzgado que en las posteriores citaciones libradas por el Tribunal se evidencia de autos que ha sido imposible para la oficina del Alguacilazgo citar personalmente al adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna en el domicilio procesal que consta en autos Observándose igualmente que hasta la fecha la defensa no ha aportado la dirección del adolescente tal y como se comprometiera en fecha 15 de julio de 2009 por lo que este Tribunal en aras de garantizar el debido proceso y la celeridad procesal acuerda fijar Audiencia de reacusación inhibición y excusa para a las el día 24 de Noviembre de 2009 11:00 AM ordenando la ubicación del adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna por considéralo este despacho en rebeldía de conformidad a lo previsto en el 617 de la Ley Orgánica para la protección del niño niña y adolescente y el articulo 188 del COOP aplicado este por remisión expresa del articulo 537 de la especial dicha notificación se remite a la policía de este estado Falcón a través de la comisión de enlace, asi mismo ordena librar boleta de notificación al adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna con oficio al tribunal Tercero del Municipio de Carirubana con competencia en responsabilidad del adolescente a los fines que se sirva a notificar al adolescente en domicilio Procesal que consta en autos en la oportunidad que este Tribunal fijo audiencia de reacusación inhibición y excusa, asi como remitir a este Despacho Copia certificada del libro de presentación en la que dicho ese Juzgado lleva el control de la presentación del adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna ante ese tribunal conforme fue establecido en la audiencia preliminar a lo previsto en el articulo 582 literal “c” debiendo remitir a este tribunal las resultas por lo menos con 5 días a la fijación de la audiencia pautada por este Despacho.

Dispositiva

Por Todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Juicio de la Sección Penal del niño niña y del adolescente en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Acuerda fijar audiencia de reacusación inhibición y excusa, para el día 24 de noviembre a las 11 de la mañana y Declara a el Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna en Rebeldía ordenando su ubicación de conformidad a lo previsto en el 617 de la Ley Orgánica para la protección del niño niña y adolescente y el articulo 188 del COOP aplicado este por remisión expresa del articulo 537 de la especial asi mismo ordena librar boleta de notificación al adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna con oficio al tribunal Tercero del Municipio de Carirubana con competencia en responsabilidad del adolescente a los fines que se sirva a notificar al adolescente en domicilio Procesal que consta en autos en la oportunidad que este Tribunal fijo audiencia de reacusación inhibición y excusa, asi como remitir a este Despacho Copia certificada del libro de presentación en la que dicho ese Juzgado lleva el control de la presentación del adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna ante ese tribunal conforme fue establecido en la audiencia preliminar a lo previsto en el articulo 582 literal “c” de igual forma se remite a la policía de este estado Falcón a través de la comisión de enlace a fin de agilizar el Tramite respectivo para la debida notificación del Adolescente debiendo remitir a este tribunal las resultas por lo menos con 5 días a la fijación de la audiencia pautada por este Despacho

La Juez Titular de Juicio

De la Sección Penal Adolescente

Abg. Enialina Ruiz

El Secretario

Abg. Jesús Crespo C

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