Decisión de Tribunal Quinto de Control de Monagas, de 9 de Abril de 2013

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2013
EmisorTribunal Quinto de Control
PonenteLisett Prada Guerrero
ProcedimientoAcumulacion De Causas

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas

Maturín, 9 de Abril de 2013

202º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2005-000647

ASUNTO : NP01-P-2005-000647

Corresponde a este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, recibidas las actuaciones provenientes del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en fecha 21 de Marzo de 2013, en la cual ante este Tribunal se encuentra el asunto penal NP01-P-2005-000647, y el asunto penal recibido en la fecha antes indicada signado bajo la nomenclatura NP01-P-2008-000896, en el cual aparece como imputados el ciudadano C.J.M.M., quien por ambos tribunales se encuentra bajo Medida Cautelar sustitutiva a la Privación de Libertad, por el delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 6° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Y.G., en el asunto mas antiguo llevado por este Tribunal, y el asunto penal recibido del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas la fiscalía Segunda del ministerio Público presentó acusación por el delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 4° en relación con el 80 del Código Penal; Así como se evidencia que por ante este Tribunal Quinto en Funciones de Control, recibió asunto penal proveniente del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control en materia Penal del estado Monagas, y dichos asuntos se encuentran en la misma etapa procesal, a los fines de celebrar la audiencia preliminar, de conformidad a lo previsto en el Código Orgánico Procesal Penal establece en su articulado lo siguiente:

QUINTO

y como lo señala el Artículo 73 en su numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal:

DELITOS CONEXOS: Son delitos conexos:….4 Los diversos delitos imputados a una misma persona…

Artículo 74 ejusdem:

Competencia: El conocimiento de los delitos conexos corresponde a uno solo de los tribunales competentes:…2. El que debe intervenir para juzgar el que se cometió primero, en el caso de los delitos que tengan señalada igual pena.

Artículo 76, primer aparte Ibidem:

Unidad del proceso: …si se imputan varios delitos, será competentes el Tribunal con competencia para juzgar el delito mas grave.

Revisadas las causas, la cual se encuentra en la misma fase, ya que se encuentra en la fase de celebración de Audiencia Preliminar, lo cual podría causar un gravamen irreparable al imputado C.J.M.M., ya que se encuentran en la misma fase, y con Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, se realizan las siguientes consideraciones:

El artículo 73 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, establece “…los diversos delitos imputados a una misma persona,..”, igualmente lo estipula el artículo 74 ejusdem en relación a la competencia, en el cual a juicio de ésta juzgadora en su ordinal 2°, …” El que debe intervenir para Juzgar el que se cometió primero, en el caso de que tengan igual pena..”,y como fin lo esta la Unidad del proceso, tal cómo lo prevé el artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad a una Tutela Jurídica Efectiva, previsto en el artículo 26 de la Carta Magna y 49 ejusdem. Todo en aras de no vulnerar los derechos y garantías que le asisten al imputado C.J.M.M., de conformidad a lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo preceptuado en el artículo 70 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley, ACUMULA LOS ASUNTOS PENALES, NPO1-P-2005-000647 y NP01-P-2008-000896, antes indicados, por encontrarse en la misma fase procesal, es decir, en espera de la celebración de la Audiencia Preliminar , de conformidad a lo previsto en los artículos 70, 73, 74, 76, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se ordena oficiar a la Fiscal Décima Tercera y Segunda de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los fines de su notificación así cómo a la Defensa técnica y al imputado de autos, y ya se fije la celebración de la audiencia preliminar, se imponga de la presente decisión al imputado de autos.

Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes, de la presente decisión.

JUEZA QUINTA DE CONTROL

ABG. L.P.G.

LA SECRETARIA

ABG. CARMEN PICCIONI

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