Decisión de Tribunal Sexto de Control de Monagas, de 28 de Abril de 2011

Fecha de Resolución28 de Abril de 2011
EmisorTribunal Sexto de Control
PonenteRosmelys Rojas
ProcedimientoDeclinatoria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas

Maturín, 28 de Abril de 2011

201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-003429

ASUNTO : NP01-P-2011-003429

Recibida como ha sido la presente causa y revisada las actuaciones así como la solicitud fiscal en las cuales se observa la DETENCIÓN del ciudadano: C.E.B., titular de la Cedula de Identidad numero V- 11.446.881 quien fue detenido en razón de estar SOLICITADO por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Estado Nueva Esparta Según Orden Aprehensión 1720 de fecha 14-07—2006, emanada del citado tribunal por la presunta comisión de delito de ESTAFA , según expediente OP01-P-2006-002937, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 77 ejusdem, establece:

En cualquier estado del proceso el tribunal que esté conociendo de un asunto podrá declinarlo mediante auto motivado, en otro tribunal que considere competente…

Todo lo cual significa que al estar SOLICITADO el ciudadano hoy detenido ciudadano: C.E.B., titular de la Cedula de Identidad numero V- 11.446.881 por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Estado Nueva Esparta será competente el tribunal antes indicado razón por la cual quien aquí decide Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Por Autoridad de la Ley DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Estado Nueva Esparta a los fines de que se pronuncien con respecto a la situación Jurídica del mencionado ciudadano. ASÍ SE DECLARA.-

Se Acuerda comisionar a funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de conformidad con el Primer Aparte del Articulo 5 del Código Orgánico Procesal Penal a los fines de que realicen el traslado del referido ciudadano con carácter de urgencia desde la Comandancia de la Policía del Estado hasta el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Estado Nueva Esparta en consecuencia se acuerda librar los respectivos oficios para el traslado del detenido, y la remisión de las presentes actuaciones. Cúmplase.

La Jueza,

ABG. ROSMELYS ROJAS BARRETO

La Secretaria

ABG.

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