Decisión de Tribunal Tercero de Ejecución L.O.P.N.A. de Caracas, de 20 de Enero de 2011

Fecha de Resolución20 de Enero de 2011
EmisorTribunal Tercero de Ejecución L.O.P.N.A.
PonenteElena Baena
ProcedimientoExtinsion De La Sancion Por Muerte Del Sancionado

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCION N° 3

SECCIÓN ADOLESCENTES

SALA 102

Caracas, 20 de enero de 2011

200° y 151°

EXTINCION DE LA SANCION POR FALLECIMIENTO

CAUSA Nº 539-09

JUEZ: E.B..

FISCAL 117° DEL MINISTERIO PÚBLICO: V.F..

SANCIONADO: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.

DEFENSOR PÚBLICO 1º: ANNERYS AVILES.

SECRETARIA: X.M..

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Vistas las actas procesales que conforman el presente expediente, seguido en contra del sancionado: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, signada bajo el Nº 539-09 se evidencia que en fecha 19-01-2011 fue consignado en este Despacho oficio Nº FMP-117-AMC-005-2011 suscrito por la Fiscal 117º del Ministerio Público Abg. V.F., mediante el cual solicita la EXTINCION DE LA SANCION POR FALLECIMIENTO; este tribunal pasa a explanar la correspondiente decisión en los siguientes términos:

En fecha 16-10-2009 se recibe expediente original, procedente del Tribunal 3º de Primera instancia en Funciones de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el cual fuera distribuido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, siendo que en esa misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 539-09.

En fecha 29-06-2010 se recibe oficio Nº 1212-10, emanado de la Unidad de Atención Integral al Adolescente Sancionado con Medidas No Privativas de L.C. “Luces del Alba”, mediante el cual remiten copia del Certificado de Defunción del sancionado: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.

En fecha 08-09-2010, se recibe escrito interpuesto por la Defensa Pública 1º, Abg. ANNERYS AVILES, mediante el cual consigna copia del Certificado de Defunción del sancionado: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.

En fecha 19-01-2011, fue consignado en este Despacho oficio Nº FMP-117-AMC-005-2011 suscrito por la Fiscal 117º del Ministerio Público Abg. V.F., mediante el cual solicita la EXTINCION DE LA SANCION POR FALLECIMIENTO, consignando para ello copias simples del Levantamiento del Cadáver y Protocolo de Autopsia del referido sancionado, emanado de la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, siendo que al momento de consignar dichas copias, expuso los originales para ser refrendados, arrojando ser las copias fiel y exactas a las originales.

Cabe destacar que este Tribunal realizó las diligencias pertinentes para constatar fehacientemente la muerte del sancionado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, oficiando en fecha 30-06-2010 bajo Nº 498-10 a la Dirección General de Epidemiología y Análisis Estratégico, Dirección Información Social y Estadística del Ministerio del Poder Popular para la Salud, a fin de solicitar copia certificada del Acta de Defunción del referido sancionado, ratificando dicho oficio en fecha 16-08-2010 bajo Nº 645-10 y 03-09-2010 bajo Nº 675-10, obteniendo respuesta en fecha 06-09-2010, en oficio Nº 20100736, informando al respecto que dicho ciudadano no aparecía registrado en la base de datos de mortalidad, siendo que dicha base de datos se encontraba actualizada hasta el año 2009, por lo que en esa misma fecha se ofició a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses a fin de conocer si el sancionado estaba registrado como fallecido en los archivos de esa dependencia, no obteniendo respuesta alguna, de modo que en fecha 01-12-2010 se dictó auto acordando oficiar a la Dirección General de Epidemiología y Análisis Estratégico, Dirección Información Social y Estadística del Ministerio del Poder Popular para la Salud y a la División de Lofoscopia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, remitiéndoles anexo copia simple del certificado de defunción, a fin de que se pronunciaran al respecto, siendo que no se obtuvo respuesta.

Ahora bien, de las copias simples del Levantamiento del Cadáver y Protocolo de Autopsia del referido sancionado, consignadas por el Ministerio Público con competencia en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y emanado de la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, se evidencia que el sancionado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, falleció el 25-04-2010, desprendiéndose que la causa de muerte fue por “FRACTURA DE CRANEO. HEMORRAGIA SUBDURAL POR HERIDA POR ARMA DE FUEGO DE PROYECTIL UNICO AL CRANEO” y como quiera que la causa de muerte del sancionado es causa de extinción de la pena, es por lo que este decisor considera que lo procedente y ajustado a derecho es decretar la Extinción de la Sanción por Fallecimiento del sancionado a quien en vida respondiera al nombre de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 103 del Código Penal DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA SANCIÓN POR FALLECIMIENTO del sancionado a quien en vida respondiera al nombre de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, a quien se le siguiera causa ante este Juzgado, signada bajo el Nº 539-09, por la comisión del delito de Robo Impropio en Grado de Tentativa.

Regístrese, publíquese, notifíquese, diarícese y déjese copia de la presente decisión, y una vez que quede definitivamente firme la presente decisión se practicará el respectivo computo.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

LA JUEZ,

E.B.

LA SECRETARIA,

X.M.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,

X.M.

Causa 539-09

EB*XM*jahm

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