Decisión nº PJ0032009000235 de Tribunal Tercero de Control de Delta Amacuro, de 3 de Julio de 2009

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2009
EmisorTribunal Tercero de Control
PonenteWilma Hernandez
ProcedimientoOrden De Allanamiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Edo D.A.

Tucupita, 3 de Julio de 2009

199º y 150º

ASUNTO PRINCIPA: YP01-P-2009-000559

ASUNTO: YP01-P-2009-000559

AUTO ACORDANDO ORDENE DE ALLANAMIENTOS

Vista la solicitud interpuesta por la ABG. N.R.A., en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público, mediante el cual requiere de este Órgano Jurisdiccional sea expedida “ORDENE DE ALLANAMIENTO” para ser practicada, por funcionarios de la policía del Estado D.A. y cualquier otro cuerpo policial sirva de apoyo, dicha orden de allanamiento será practicada en una vivienda ubicada en el sector de Cocalito, Sector el hueco construida de bloque pintada de color verde manzana, presenta dos (02) ventanas corredizas de color dorado en la parte del frente , con un porche pintado de color verde manzana, rejas pintadas de color dorado, dicha residencia tiene al lado derecho, al final un precipitado callejón y al lado izquierdo una vivienda de construcción de bloque pintada de color azul , la mencionada vivienda esta habitada por varias personas entre ellas una de nombre MARISOL, quien presenta las siguientes características fisonómicas, de contextura gruesa, piel morena de uno sesenta (1.60) de estatura aproximadamente cabello largo de cabello oscuro y la otra de nombre LIZANDRO, quien presenta las siguientes características fisonómicas, de piel clara de contextura gruesa cabello corto estilo militar de color negro de 1. 70 de estatura aproximadamente este ultimo conduce normalmente un VEHICULO automotor Marca CHEVROLET, Modelo Spark, de color gris placa; AFP-11.en esa vivienda presuntamente están vendiendo, SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, y comercializando objetos provenientes de delito a la tenencia de objetos provenientes del delito, todo ello se desprende de copia de acta policial, que anexa a la presente solicitud , motivo por el cual la referida Fiscalía apertura el asunto No.PEDA DI- -395-09.

Asimismo se observa que cursa en autos Acta levantada 27 de julio del 2009, siendo las 12:00 del medio día compareció el funcionario de la policía del estado: C.L.B., quien forma parte del cuerpo de investigaciones de esa institución, en donde informa que vivienda ubicada en el sector de Cocalito, Sector el hueco construida de bloque pintada de color verde manzana, presenta dos (02) ventanas corredizas de color dorado en la parte del frente , con un porche pintado de color verde manzana, rejas pintadas de color dorado, dicha residencia tiene al lado derecho, al final un precipitado callejón y al lado izquierdo una vivienda de construcción de bloque pintada de color azul colar, la mencionada vivienda esta habitada por varias personas entre ellas una de nombre MARISOL, quien presenta las siguientes características fisonómicas, de contextura gruesa, piel morena de uno sesenta (1.60) de estatura aproximadamente cabello largo de cabello oscuro y la otra de nombre LIZANDRO, quien presenta las siguientes características fisonómicas, de piel clara de contextura gruesa cabello corto estilo militar de color negro de 1. 70 de estatura aproximadamente este ultimo conduce normalmente un VEHICULO automotor Marca CHEVROLET, Modelo Spark, de color gris placa; AFP-11.en esa vivienda presuntamente están vendiendo, SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, y comercializando objetos provenientes de delito a la tenencia de objetos provenientes del delito.

Asimismo se observa que cursa en autos Acta levantada de fecha, 28-06-2009,siendo las 2.00 PM de julio del 2009, siendo las 12:00 del medio día compareció, CLIS VICTOR, quien forma parte del cuerpo de investigaciones de la policía del estado (PEDA), en donde informa que vivienda ubicada en el sector de Cocalito, Sector el hueco construida de bloque pintada de color verde manzana, presenta dos (02) ventanas corredizas de color dorado en la parte del frente , con un porche pintado de color verde manzana, rejas pintadas de color dorado, dicha residencia tiene al lado derecho, al final un precipitado callejón y al lado izquierdo una vivienda de construcción de bloque pintada de color azul colar, la mencionada vivienda esta habitada por varias personas entre ellas una de nombre MARISOL, quien presenta las siguientes características fisonómicas, de contextura gruesa, piel morena de uno sesenta (1.60) de estatura aproximadamente cabello largo de cabello oscuro y la otra de nombre LIZANDRO, quien presenta las siguientes características fisonómicas, de piel clara de contextura gruesa cabello corto estilo militar de color negro de 1. 70 de estatura aproximadamente este ultimo conduce normalmente un VEHICULO automotor Marca CHEVROLET, Modelo Spark, de color gris placa; AFP-11.en esa vivienda presuntamente están vendiendo, SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, y comercializando objetos provenientes de delito a la tenencia de objetos provenientes del delito.

Este Tribunal, con fundamento en todo lo antes expuestos considera lo procedente y ajustado a derecho declarar con lugar la solicitud de Orden de Allanamiento a una vivienda ubicada en el sector de Cocalito, Sector el hueco construida de bloque pintada de color verde manzana, presenta dos (02) ventanas corredizas de color dorado en la parte del frente , con un porche pintado de color verde manzana, rejas pintadas de color dorado, dicha residencia tiene al lado derecho, al final un precipitado callejón y al lado izquierdo una vivienda de construcción de bloque pintada de color azul colar, la mencionada vivienda esta habitada por varias personas entre ellas una de nombre MARISOL, quien presenta las siguientes características fisonómicas, de contextura gruesa, piel morena de uno sesenta (1.60) de estatura aproximadamente cabello largo de cabello oscuro y la otra de nombre LIZANDRO, quien presenta las siguientes características fisonómicas, de piel clara de contextura gruesa cabello corto estilo militar de color negro de 1. 70 de estatura aproximadamente este ultimo conduce normalmente un VEHICULO automotor Marca CHEVROLET, Modelo Spark, de color gris placa; AFP-11.en esa vivienda presuntamente están vendiendo, SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, y comercializando objetos provenientes de delito a la tenencia de objetos provenientes del delito. de conformidad con lo previsto en el artículo 210 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, la cual deberá ser practicada por el funcionario de la Policía de este Estado y cualquier otro cuerpo de seguridad policial de este Estado, quienes deberán esta debidamente identificados. Cúmplase.-

LA JUEZA

ABG. W.H.M.

LA SECRETARIA

Abg. JAVIER ALVAREZ OLIVO

EPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado D.A.

Tucupita, 3 de Julio de 2009

199º y 150º

ASUNTO PRINCIPA: YP01-P-2009-000559

ASUNTO: YP01-P-2009-000559

ORDEN DE ALLANAMIENTO

Se ORDENA EL ALLANAMIENTO a una vivienda con las siguientes características :UNA VIVIENDA UBICADA EN EL SECTOR DE COCALITO, SECTOR EL HUECO CONSTRUIDA DE BLOQUE PINTADA DE COLOR VERDE MANZANA, PRESENTA DOS (02) VENTANAS CORREDIZAS DE COLOR DORADO EN LA PARTE DEL FRENTE , CON UN PORCHE PINTADO DE COLOR VERDE MANZANA, REJAS PINTADAS DE COLOR DORADO, DICHA RESIDENCIA TIENE AL LADO DERECHO, AL FINAL UN PRECIPITADO CALLEJÓN Y AL LADO IZQUIERDO UNA VIVIENDA DE CONSTRUCCIÓN DE BLOQUE PINTADA DE COLOR AZUL. Dicho allanamiento será practicado mediante el cumplimiento de lo previsto en los artículos 202, 203, 210 y 212 del Código Orgánico Procesal Penal y 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por el Funcionario Comisario Jefe de la Policía del Estado D.A., o los funcionarios adscritos a esa institución, quienes deberán esta debidamente identificados. La presente Orden de Allanamiento tiene una duración de siete (07) días, contados a partir de la presente fecha y debe ser usada una sola vez, previa identificación de los funcionarios y con observancia a las normas constitucionales y legales.

EL JUEZ,

ABG. W.H.M.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado D.A.

Tucupita, 3 de Julio de 2009

199º y 150º

ASUNTO PRINCIPA: YP01-P-2009-000559

ASUNTO: YP01-P-2009-000559

OFICIO Nº: 399 -09

CIUDADANA:

ABG. N.R.A. FISCAL PRIMERO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO D.A.

SU DESPACHO.-

Me dirijo a Usted, en la oportunidad de remitirle anexo a la presente comunicación, constante de (01) folios útiles, ORDEN DE ALLANAMIENTO, oficio No. 399 -09, solicitada por esa representación fiscal a su cargo, la cual guarda relación con el asunto No. No.PEDA DI- -395-09.

Remisión que le hago a Usted a los fines legales consiguientes.

DIOS Y FEDERACIÓN

EL JUEZ

Abg. W.H.M.

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