Decisión nº XP01-D-2009-000013 de Tribunal de Control Adolescente de Amazonas, de 12 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2009
EmisorTribunal de Control Adolescente
PonenteRossana Foresto
ProcedimientoAudiencia Preliminar

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas

Puerto Ayacucho, 12 de Febrero de 2009

198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-D-2009-000013

ASUNTO : XP01-D-2009-000013

ACTA DE DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA PRELIMINAR

JUEZ: ROSSANA FORESTO DE VENTURA

SECRETARIO: RIMA KALEK

FISCAL: QUINTO DEL M. P.

DEFENSOR: PUBLICO PENAL

IMPUTADOS: (IDENTIDAD OMITIDA) Y (IDENTIDAD OMITIDA)

VICTIMAS: la Colectividad

En esta misma fecha, siendo las11:00 AM, se constituyó el Tribunal Primero de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, en la sala N° 4 de este Circuito Judicial, con la presencia de la Juez ROSSANA FORESTO DE VENTURA, la Secretaria Rima Kalek y el Alguacil D.C., en la oportunidad fijada para celebrar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto seguido al adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, titular de la cédula de identidad número V-(OMITIDA), y (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de Puerto Ayacucho, titular de la cédula de identidad N° (OMITIDA), por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICA, previsto y sancionado en el Articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Encontrándose presentes la Abog. Duviniana Benítez, defensora Pública Primera del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescentes adscrito a la unidad de Defensa Pública de esta Circunscripción Judicial, el imputado (IDENTIDAD OMITIDA), previa boleta de traslado, y el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), previa boleta de citación, la Lic. Janeth Oviedo, Jefe Encargada del Centro Integral Amazonas. Se deja constancia que el Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, se encuentra en una reunión con la Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Amazonas, tratando asuntos relacionados con el próximo proceso electoral a efectuarse el día 15 de Febrero del presente año, igualmente se deja expresa constancia que la presente audiencia no se puede realizar ya que no se encuentra presente el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, y tampoco consta en el escrito de Acusación los resultados de la Experticia Química y del informe toxicológico, razón por la cual la celebración de la audiencia Preliminar será fijada en una nueva oportunidad cuando sea consignado los documentos anteriormente señalados. También se observa que el Ministerio Público esta pidiendo en caso de la Admisión la Sanción de Servicio a la Comunidad y motivado a que ha transcurrido el máximo del tiempo señalado en la Ley para que el adolescente este detenido en la casa de formación Integral, y habiendo una solicitud en el día de ayer, por parte de la Defensora Pública Penal, se pasa en este estado a escuchar a la misma. Quien señaló lo siguiente: En este estado la defensa Pública solicita al Tribunal de la revisión efectuada en el presente asunto se observa que no consta las resultas del examen toxicológico (SANGRE y ORINA) correspondiente al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), asimismo en virtud que la audiencia va a quedar diferida, en razón de que el Fiscal del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, se encuentra en una reunión con la Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Amazonas, tratando asuntos relacionados con el próximo proceso electoral a efectuarse el día 15 de Febrero del presente año, solicito igualmente sea revisada la medida de Privación Preventiva de Libertad y sea sustituida por una medida menos gravosa a tenor del artículo 581 parágrafo primero y 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, Luego de escuchadas las exposiciones de las partes este Tribunal Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Por cuanto el Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, se encuentra en una reunión con la Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Amazonas, tratando asuntos relacionados con el próximo proceso electoral a efectuarse el día 15 de Febrero del presente año, se acuerda diferir la Audiencia Preliminar, una vez que sea consignado los resultados de la Experticia Química y del informe toxicológico del adolescente in comento, se fijará oportunamente nueva fecha a los fines de llevarse a cabo la Audiencia en la causa seguida contra los adolescentes: (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de esta ciudad, titular de la cédula de identidad número V-(OMITIDA), y (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de Puerto Ayacucho, titular de la cédula de identidad N° (OMITIDA), por el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICA, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad. SEGUNDO: Se le otorga al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de esta ciudad, titular de la cédula de identidad número V-(OMITIDA), la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 Ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente en: 1°) El adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), antes identificado prestará servicio comunitario en el Cuerpo de Bomberos, en la ciudad de Puerto Ayacucho, los días sábados, en el horario comprendido desde las 8:30 am a 12:30 pm. 2°) Presentación periódica ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial del Estado Amazonas, UNA VEZ AL MES COMENZANDO A PARTIR DEL DÍA DE HOY JUEVES 12 DE FEBRERO DE 2009, para lo cual deberá librarse el oficio correspondiente a la Unidad de Alguacilazgo a los fines de que tome las previsiones en tal sentido. TERCERO: Líbrense Boleta de libertad y los oficios respectivos. CUARTO: Las partes quedan notificadas en este acto sobre la presente decisión. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

Juez de Control Adolescentes,

Abog. R.F.d.V.

La Defensa,

Abog. Duviniana Benítez Maldonado

Directora del Centro (E) de la Casa de Formación Integral Amazonas.

Licenciada Janeth Oviedo

Representante Legal

M.C.

Los Imputados

(IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA)

La Secretaria

Abg. Rima kalek

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