Decisión nº XP01-D-2011-000070 de Tribunal de Ejecución Adolescente de Amazonas, de 10 de Julio de 2012

Fecha de Resolución10 de Julio de 2012
EmisorTribunal de Ejecución Adolescente
PonenteMirla Teresa Castro Parra
ProcedimientoAuto De Ejecución De Sanción

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas

Puerto Ayacucho, 10 de julio de 2012

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-D-2011-000070

ASUNTO : XP01-D-2011-000070

AUTO EJECUTESE DE LA SANCIÓN E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA

Jueza Profesional: Abg. M.T.C.P., Jueza Provisoria del Tribunal Único de Ejecución para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas.

Secretario: Abg. M.R.H., titular de la Cédula de Identidad Nº 15.500.961.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

Fiscal del Ministerio Público: Abg. YRAIMA AZAVACHE, Fiscal Auxiliar Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas.

Sancionados: IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 65 LOPNNA

Víctima: …[ ]…

Defensa Pública: Abg. O.J.B., Defensor Público Penal Primero, adscrito a la Unidad de Defensa Pública Sección Penal de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, con sede en la ciudad de Puerto Ayacucho.

Defensor Privado: Abg. M.M.B.S.,

Delito: COOPERADORES EN EL DELITO DE HURTO Y ROBO DE VEHICULO, tipificado y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal.

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal Único de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, en la cual se sanciona a los hoy jóvenes adultos …[ ]… por la comisión del delito de COOPERADORES EN EL DELITO DE HURTO Y ROBO DE VEHICULO, tipificado y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal.

En cumplimiento de uno de los Principios Procesales y Ejerciendo el control Jurisdiccional este Tribunal de Ejecución Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, pasa a ejecutar, la Medida Impuesta a los referidos Adolescentes hoy jóvenes adultos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 471 y 475 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión del Artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la siguiente manera: En fecha 28 de Mayo del año 2012, se celebró Audiencia Apertura de Juicio Oral y Reservado, que riela a los folios 117 al 131, de la Segunda pieza y se publicó la Sentencia condenatoria con juez Unipersonal por Admisión de los Hechos, en fecha 01 de Junio del año 2012, tal como se evidencia a los folios 132 al 157 de la segunda pieza, que sanciona a los adolescentes hoy joven adulto: …[ ]… y en atención al artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, procede a rebajar la sanción a un tercio, imponiendo como SANCIÓN DEFINITIVA: a los hoy jóvenes adultos …[ ]… la Medida de REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad al Artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y que dicha Medida sea POR EL LAPSO DE OCHO (08) MESES. Consistente en obligaciones y prohibiciones, dentro de las OBLIGACIONES 1.- continuar con sus estudios para lo cual deberán presentar constancia de estudio y de notas en original del lapso correspondiente. PROHIBICIONES 2.- de permanecer en la calle o en los sitios públicos después de las ocho (08) de la noche. PROHIBICION: 3.-de estar o permanecer en lugares donde expendas bebidas alcohólicas o se presuma la venta de distribución de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, por la comisión del delito de COOPERADORES EN EL DELITO DE HURTO Y ROBO DE VEHICULO, tipificado y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal. Y en relación al adolescente …[ ]… el Tribunal de Juicio Sección Adolescente procede a rebajar la sanción a la mitad, imponiendo como SANCIÓN DEFINITIVA: al hoy joven adulto …[ ]… la Medida de REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad al Artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y que dicha Medida sea POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES. Consistente en la OBLIGACIONES 1.- consignar la respectiva constancia laboral para promover su progreso y desenvolvimiento en la sociedad, por la comisión del delito de COOPERADOR EN EL DELITO DE HURTO Y ROBO DE VEHICULO, tipificado y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano …[ ]… ello de conformidad con el artículo 624 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, son conductas que se imponen para regular el modo de vida del adolescente, que promuevan y aseguren su formación, y de conformidad con lo que establece la norma, coexisten una pluralidad de reglas, por ello se determinarán dos o más comportamientos de hacer o no hacer, a los fines de que asuma una responsabilidad hacia sí misma y, hacia los demás.

La medida de Imposición de Reglas de Conducta, será supervisada por el Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, conforme al artículo 643 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Las Medidas serán revisadas conforme al artículo 647 Ejusdem. Las medidas cesarán dependiendo del inicio del cumplimiento. Así se decide.

DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto, ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO: PRIMERO: Decreta ejecutada la Sentencia condenatoria publicada en fecha 01 de Junio de 2012, por el Tribunal Único de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en contra de los hoy jóvenes adultos: …[ ]… por la comisión del delito de COOPERADORES EN EL DELITO DE HURTO Y ROBO DE VEHICULO, tipificado y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, procediendo a rebajar la sanción a un tercio, imponiendo como SANCIÓN DEFINITIVA: a los hoy jóvenes adultos …[ ]… la Medida de REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad al Artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y que dicha Medida sea POR EL LAPSO DE OCHO (08) MESES. Consistente en obligaciones y prohibiciones, dentro de las OBLIGACIONES 1.- continuar con sus estudios para lo cual deberán presentar constancia de estudio y de notas en original del lapso correspondiente. PROHIBICIONES 2.- de permanecer en la calle o en los sitios públicos después de las ocho (08) de la noche. PROHIBICION: 3.-de estar o permanecer en lugares donde expendas bebidas alcohólicas o se presuma la venta de distribución de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, por la comisión del delito de COOPERADORES EN EL DELITO DE HURTO Y ROBO DE VEHICULO, tipificado y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal. Y en relación al adolescente …[ ]… procede a rebajar la sanción a la mitad, imponiendo como SANCIÓN DEFINITIVA: al hoy joven adulto …[ ]… la Medida de REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad al Artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y que dicha Medida sea POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES. Consistente en la OBLIGACIONES 1.- consignar la respectiva constancia laboral para promover su progreso y desenvolvimiento en la sociedad, por la comisión del delito de COOPERADOR EN EL DELITO DE HURTO Y ROBO DE VEHICULO, tipificado y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano …[ ]… ello de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 624, 629, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 475 del Código Orgánico Procesal Penal, norma de aplicación supletoria por mandato expreso del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se fija previa verificación de la Agenda Única llevada en este Circuito Judicial Penal, audiencia de imposición de la Sanción para el día: 25 DE JULIO DE 2012, A LAS 03:00 DE LA TARDE a los fines de imponer a los sancionados ya identificados en el auto de Ejecución de la sanción dictado en esta misma fecha. TERCERO: Líbrense boletas de citación a los sancionados y representantes legales y anéxese a las boletas dirigidas al Fiscal y Defensa respectiva, copia certificada del auto de Ejecútese de la sanción. Expídase por secretaria copia certificada de la decisión, para ser archivada en el copiador correspondiente.

LA JUEZA ÚNICA DE EJECUCIÓN DE ADOLESCENTES.

ABG. M.T.C.P.

EL SECRETARIO,

ABG. M.R.H.

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECRETARIO,

ABG. M.R.H.

Exp. N° XP01-D-2011-000070

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