Decisión nº S-N de Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 28 de Agosto de 2008

Fecha de Resolución28 de Agosto de 2008
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteSobeidy Sangronis Ojeda
ProcedimientoAudiencia Especial

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal Segundo de Control de Punto Fijo

Punto Fijo, 28 de Agosto de 2008

198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-003646

ASUNTO : IP11-P-2005-003646

AUTO MOTIVADO FIJANDO AUDIENCIA ESPECIAL PREVIO MANDATO DE LA CORTE DE APELACIONES EN FECHA 31-07-2007

Una vez recibida en fecha 20 del mes y año en curso, Resolución N° 38-2008, suscrita por el Juez Rector, Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, de fecha 19-08-2008, mediante la cual resuelve redistribuir entre los demás Tribunales de Control de esta Extensión Judicial, el asunto penal signado bajo el N° IP11-P-2005-003646, en donde funge como imputado el ciudadano J.A.M.G. y el cual se encuentra a la orden del Tribunal Tercero de Control (acéfalo), este Tribunal Segundo de Control por encontrarse en funciones de guardias recibió, le dio entrada y se abocó al conocimiento del mismo, y a los fines de darle cumplimiento al mandato de la Corte de Apelaciones, Tribunal Colegiado que ordenara en fecha 31-07-2007, la realización de una Audiencia con un Juez distinto al que emitió el fallo recurrido (de audiencia preliminar en fecha 16-05-2007) para resolver sobre el género de medida cautelar, en caso de existir requisitos para la procedencia de alguna de las establecidas en la norma procedimental, que conforme a la ley debe imponérsele al ciudadano J.M.G.; en virtud de lo anterior y en función del mandato arriba esbozado, y en apego al cumplimiento de las garantías constitucionales que asisten a todo imputado en cualquier estado y grado del proceso y como quiera que el encartado de autos se encuentra privado de su libertad, este Tribunal Segundo de Control acuerda habilitar las horas necesarias, toda vez que nos encontramos en Receso Judicial en donde se está facultado para atender audiencias de guardia y la presente causa se encuentra en fase preliminar, para efectuar la Audiencia para resolver sobre el género de medida cautelar, en caso de existir requisitos para la procedencia de alguna de las establecidas en la norma procedimental, que conforme a la ley debe imponérsele al ciudadano J.M.G., fijando mediante el presente auto el día MARTES 02 DE SEPTIEMBRE DE 2008, A LAS 11:00 AM, toda vez que día lunes 01-09-2008, se encuentra señalado en el calendario judicial como día no hábil, por celebrarse el día de la Dirección de la DEM. Y así se decide.-

Notifíquese con carácter de urgente a todas las partes. Ofíciese al Internado Judicial del traslado del imputado J.M.G. en la fecha y hora señaladas. Ofíciese lo conducente.-

LA JUEZA SEGUNDO DE CONTROL

ABG. SOBEIDY SANGRONIS OJEDA

LA SECRETARIA

ABG. DAYANA ROVIRA

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