Decisión nº S-N de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del L.O.P.N.A de Falcon (Extensión Coro), de 7 de Noviembre de 2006

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2006
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del L.O.P.N.A
PonenteEnialina Ruiz Ortiz
ProcedimientoSobreseimiento Definitivo

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Control Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón

Coro, 7 de Noviembre de 2006

196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2005-000062

ASUNTO : IP01-S-2005-000062

Visto el escrito presentado por la defensa y recibido por este Despacho el día de hoy 06 de Noviembre del 2006, ratificando escrito de fecha 16 de Marzo del 2006 en el que consigna copia del acta de defunción del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA por estar incurso en uno de los delitos Contra las Buenas Costumbres y el Buen Orden de la Familia este Despacho antes de Pronunciarse hace las siguientes consideraciones: En fecha 20 de Marzo del 2006 este Juzgado le da entrada al escrito de Solicitud de fecha 16 de Mayo del 2006 Presentado por la defensora Publica Primera de la Sección Penal de Adolescente Abg. Eucarina Lugo, al asunto N° IP01-D-2005-32; Es de hacer notar que el Adolescente antes Identificado lleva por ante este Tribunal Dos asuntos diferentes, uno en el que la Representación Fiscal le imputa el Adolescente uno de los delitos contra la Propiedad, y que este Juzgado le Signo el N° IP01-D-2005-32, y Otro en el que la Vindicta Publica le imputa uno de los delitos contra las Buenas Costumbres y el Buen Orden de las Familias Signado con el N° IP01-S-2005-62, Ahora bien al interponer la Defensa su escrito ante la Unidad de Actos de Comunicación y Recepción de Documentos del Algusilazgo; dicha Unidad le da entrada en el Sistema por el numero de Asunto IP01-D-2005-32; el cual este Tribunal Recibe le da entrada y Provee Ratificando oficio a la Fiscalia del Ministerio Publico en el que solicita este Juzgado el Asunto Principal . En fecha 21 de Abril del 2006 Remite las actuaciones a este despacho la Vindicta Publica, Ordenando para ese momento este Tribunal Solicitar mediante oficio a la Primera Autoridad Civil del Municipio Miranda sea Expedida Copia Original del Acta de Defunción del Referido Adolescente, Remitiendo tal Autoridad Civil el Acta de Defunción en fecha 24 de Mayo del 2006 . Ahora bien este Tribunal en Atención al escrito de Solicitud interpuesto por la Defensa e ingresado al Asunto N° IP01-D-2005-32; da Respuesta a lo Solicitado ,Decretando el Sobreseimiento Definitivo por Muerte del Imputado por Tratarse efectivamente del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA venezolano, Todo ello tomando este Tribunal en consideración que los Recaudos recibidos Sirven de Sustento para demostrar la Muerte del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA quien Según lo señalado en el acta de Defunción el Referido Adolescente Murió a consecuencia de Herida por Arma de Fuego en Cráneo complicado con Fractura de Huesos propios de la Nariz, Etmoides y Hemorragia Intraparesquimatosa Según Certificado del Dr. E.M.; A la cual este Despacho le da el Suficiente Valor Probatorio por ser Suscrita por un Funcionario Competente. Sin embargo la Defensa Nuevamente interpone escrito de ratificación de fecha 16 de Mayo del 2006 el cual es recibido por este despacho en fecha 06 de Noviembre del 2006 el mismo fue ingresado al Sistema en el Asunto N° IP01-S-2005-62, el cual revisado Observa este Tribunal que existen dos asuntos en el que aparece como imputado el adolescente de narras y como quiera ya existe un Pronunciamiento por parte de este despacho en virtud de lo Solicitado por la defensa en cuanto a que se decretara el Sobreseimiento Definitivo a el Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA en el asunto N° IP01-D-2005-32; Es por lo que este Tribunal Ordena Agregar al asunto N° IP01-S-2005-62, Copia Certificada por este Despacho del Acta de defunción del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , la Misma se encuentra agregada al asunto N° IP01-D-2005-32; a fin de Sustentar la decisión Dictada por este Despacho y en consecuencia decreta el Sobreseimiento Definitivo por extinción de la acción penal por muerte del imputado en el presente Asunto a el Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , Antes Identificado de conformidad con lo previsto en el articulo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con le articulo 48 Numeral 1 del mencionado Código y así se decide. Por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Primero de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente de Coro Estado Falcón; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Decreta el Sobreseimiento Definitivo por extinción de acción penal por Muerte del Imputado de conformidad con lo que dispone el articulo 318 0rdinal 3, el articulo 48 numeral 1 del código Orgánico Procesal Penal en asunto seguido al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA venezolano, por estar incurso en uno de los delitos contra las Buenas Costumbres y el Buen Orden de las Familias en Perjuicio del Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna Regístrese, Publíquese, notifíquese a las partes de la presente decisión, Oficie a la Presidencia a fin de que Preste su colaboración a fin de fotocopiar el acta de defunción del adolescente , para agregarla al asunto en cuestión y Remítase la causa al Archivo Judicial participándole de la Presente decisión.

Abg. Enialina R.d.F.

La Juez Primero de Control

La Secretaria

Abg. Carysbel Barrientos

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