Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de Merida (Extensión Mérida), de 13 de Septiembre de 2013

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2013
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio
PonenteHeriberto Antonio Peña
ProcedimientoSentencia Condenatoria

Experticia Grafotécnica y Plana Grafica, N° 9700-067-DC-0004, de fecha 21 de Diciembre de 2009, suscrita por el Inspector Jefe R.P. y Agente de Investigación I J.R., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Sub. Delegación Mérida, quien llega a las siguientes conclusiones: 1.- La firma de clase legible donde se l.A., inserto en los libros de Autenticaciones bajo el N° 15, tomo 33 de la Notaria Publica del Municipio S.D.M.d.E.T., NO PROVIENEN DE UNA MISMA FUENTE COMUN DE ORIGEN, con respecto a las características individualizantes observables en las firmas donde se lee "A.P." que reposa en: Documento de venta pura y simple, elaborada en papel sellado signado con el N° SE1-99 N° 008135, Documento de Poder Especial inserto bajo el numero 47, Tomo 113 de los Libros de Autenticaciones de la Notaria Publica Tercera de Mérida y las Cedulas de Identidad N° V- 670.890, a nombre de PEÑA PEÑA JOSE, suministrado como material Indubitado VALE DECIR QUE NO HAN SIDO REALIZADAS POR LA MISMA PERSONA. 2.- Las impresiones Dactilares observables en el Libro de Autenticaciones "Cedulas" tomo 33-34 Folio N° 15, donde presenta dos copias de cedula de identidad, una (01) del ciudadano PEÑA PEÑA J.A., cedula de identidad N° V-670.890 y una (01) del ciudadano BALZA H.E., cedula de identidad N° 3.033.997, las impresiones del mencionado folio donde el ciudadano PEÑA PEÑA J.A. plasma sus impresiones dactilares que se refleja en la tarjeta alfabética al cual le pertenece y la misma reposa en los Archivos del "Servicio de Administración de Identificación, Migración y Extranjería", NO SE CORRESPONDEN en cuanto al tipo, sub tipo, ni puntos característicos con ninguna de las Impresiones Dactilares que refleja la tarjeta alfabética del ciudadano PEÑA PEÑA J.A.; cedula de identidad N° V- 670.890, VALE DECIR QUE NO SON LA MISMA PERSONA. 3.- Las Impresiones Dactilares observables en el Libro de Autenticaciones "cedulas" tomo 33-34 folio numero 15, donde presenta dos copias de cedulas de identidad, una del ciudadano PEÑA PEÑA J.A., cedula de identidad N° V- 670.890 y una del ciudadano BALZA H.E., cedula de identidad N° V¬3.033.997, las impresiones del mencionado folio donde el ciudadano BALZA H.E., plasma sus impresiones dactilares que se refleja en la toma de muestra de escrituras del ciudadano antes mencionado, la misma SE CORRESPONDEN en cuanto al tipo, sub. tipo, y puntos característicos, VALE DECIR QUE SON LA MISMA PERSONA. 4.- La firma observable en el reverso del documento de Protocolización de fecha veintiséis (26) de Octubre del año 2006 que se encuentra en el cuaderno de Comprobantes registrado bajo el numero CUARENTA y CINCO (45), Folio TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE(399) AL FOLIO CUATROCIENTOS CINCO (405), Protocolo Primero, Tomo Décimo Cuarto, Cuarto Trimestre del año 2006, en el renglón donde se l.P., exhibe automatismo escritural SIMILAR con respecto a las firmas que se aprecian en las muestras de escrituras suministradas por el ciudadano BALZA H.E., titular de la cedula de identidad N° 3.033.997, VALE DECIR QUE FUE REALIZADO POR LA MISMA PERSONA. 5.- La firma de clase legible donde se lee "A.P.", ubicado en el documento de venta y Nota de Autenticación bajo el número 15, tomo 33, de la Notaría Pública del Municipio S.D.M.d.E.T. PRESENTA AUTOMATISMO ESCRITURAL SIMILARES, con respecto a las muestras de escrituras suministradas por el ciudadano BALZA H.E., titular de la cedula de identidad N° V-3.033.997, VALE DECIR QUE FUE REALIZADO POR LA MISMA PERSONA ..

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