Decisión de Corte de Apelaciones de Barinas, de 29 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2015
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteHector Reverol
ProcedimientoInadmisible, El Recurso De Apelación

N° Expediente : EP01-R-2015-000142 N° Sentencia : Fecha: 29/09/2015 Procedimiento:

Inadmisible, El Recurso De Apelación

Partes:

FISCALIA DECIMA DEL MINISTERIO PUBLICO; IMPUTADOS: WUILKER J.B.V., E.T.C.D., Y.F. DIAZ BARRIOS, YOSBEL EGLESMI GAMBOA, KENIS M.L. LOZANO Y R.A.V.L.; DEFENSORES PRIVADOS: ABG. JOSEFINA LOBOSCO RONDON, ABG. E.B.P.; VICTIMA: EN RESERVA FISCCAL

Resumen:

DISPOSITIVA Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Fiscal Décima del Ministerio Público abogada YOHANNY G.R.R., en contra de la decisión dictada en fecha 17 de Julio de 2015 y publicada en fecha 03 de Agosto de 2015, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, mediante el cual se admitió parcialmente la acusación, sobreseyendo de conformidad al articulo 300. 1, 4 303, Del COPP, en concordancia con el articulo 313.3 del COPP, los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 y 6, con los numerales 1 y 3 de la Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, TRAFICO ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado.....

Juez/Ponente:

Hector Reverol

Organo:

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