Decisión nº PJ0302009000212 de Tribunal Tercero de Control de Yaracuy, de 8 de Julio de 2009

Fecha de Resolución 8 de Julio de 2009
EmisorTribunal Tercero de Control
PonenteDarcy Sanchez
ProcedimientoCon Lugar Solicitud Fiscal

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY

Tribunal Penal de Control N° 03

San Felipe, 08 de Julio de 2009.

199 y 150

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2009-002412

ASUNTO : UP01-P-2009-002412

Visto el escrito de fecha 02 de Julio de 2009, presentado por el Fiscal Principal Décimo con competencia en Drogas de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Abg. E.A.A.M., en donde solicita se haga la ASIGNACIÓN A LA OFICINA NACIONAL ANTIDROGAS (ONA).

En Fecha 15 de Abril de 2003, aproximadamente las 05:30 horas de la tarde, los funcionarios Cabo I J.F.S. Y Cabo II R.E.P., de la Guardia Nacional, todos adscritos a la Segunda Compañía del Destacamento Nro. 45 de la Guardia Nacional Bolivariana del Estado Yaracuy, en el sector el Tanque, de la población Sabana de Parra, Calle 11 Final de la Avenida del Municipio Páez del Estado Yaracuy, donde observaron a un (1) ciudadano que vestía pantalón verde y franela gris, quien asumió una actitud sospechosa, por lo cual se procedió a realizar una inspección de personas, encontrando en el bolsillo delantero derecho de su pantalón, una bolsa de tela color negro, con un cordón y en su interior Siete (7) pitillos de color transparente, contentivos de presunto Basoco, y cuatro envoltorios de papel blanco contentivo de restos vegetales de presunta marihuana y siete (7) mil Bolívares en moneda diferentes denominaciones, distribuidos en Tres (3) billetes de Dos Mil Bolívares (2000,00 Bs) y un Billete de Mil Bolívares (1000,00), por lo cual se procedió a su detención y al solicitarle su identificación manifestó ser G.J.L., y no portaba documentación alguna.

El representante del Ministerio Publico ordeno el inicio de la Correspondiente Investigación Penal conforme a las previsiones de los artículos 300 y 283 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de uno de los delitos Previstos y Sancionados en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, asignándoles así la nomenclatura interna 22F10-D-0096-04, Siendo comisionado para la realización de las investigaciones Correspondientes al Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalísticas Sub - Delegación Chivacoa del Estado Yaracuy, con el fin de lograra la obtención del total esclarecimiento de los hechos.

En Fecha 02 de Julio de 2009, dicha Fiscalía con ocasión a lo antes expuesto presenta en su escrito que el Ciudadano G.J.L., sin Documentación alguna, se encuentra en un proceso de investigación penal conforme, a las Previsiones de los artículos 300 y 283 del Código Orgánico Procesal Penal, por la Presunta comisión de uno de los delitos Previsto y Sancionados en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

DISPOSITIVA

Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 3 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Representación Fiscal y asigna a la OFICINA NACIONAL ANTIDROGAS (ONA), como Órgano desconcentrado que tiene Servicio de Administración de Bienes Asegurados, Incautados o Confiscados los siguientes bienes: Siete (7) mil Bolívares en moneda de diferentes denominaciones, distribuidos en Tres (3) billetes de Dos Mil Bolívares (2000,00 Bs.) y un Billete de Mil Bolívares (1000,00), quien se encargara de la Custodia, Conservación y Administración de las mismas, con el fin de evitar que se alteren, desaparezcan, deterioren o destruyan, según lo establecido en los Artículos 66 y 67 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito. Ofíciese a la (ONA). Notifíquese al Fiscal y Defensa del contenido del presente auto. Cúmplase.

LA JUEZA DE CONTROL Nº 3 LA SECRETARIA

ABG. Darcy Lorena Sánchez Nieto ABG. Clara Maribel Serrano

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