Decisión nº XP01-P-2012-003241 de Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de Amazonas, de 25 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2012
EmisorJuzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control
PonenteArgenis Utrera Marín
ProcedimientoAuto De Acumulación

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN

FUNCIONES DE CONTROL DEL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS

EN SU NOMBRE

Puerto Ayacucho, 25 de Septiembre de 2012

200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: XP01-P-2012-003241

ASUNTO ANTIGUO: XP01-P-2012-000140

Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en relación a mediante a la acumulación de las causas seguidas en contra del mencionado ciudadano E.S., titular de la cedula de identidad Nº 17.023.011 (J.D.N., indocumentado), las cuales cursan por ante este Tribunal y por ante el Tribunal Segundo de Control Circunscripcional

Este Tribunal antes de decidir, previamente observa y considera:

En fecha 25SEP2012, según oficio No. 2145-12, se recibió Oficio emanado del Juzgado Primero de Control Circunscripcional, en el cual remite la causa signada con el Nº XP01-P-2011-000140, seguida en contra del ciudadano E.S., titular de la cedula de identidad Nº 17.023.011, de nacionalidad Venezolana, por la presunta comisión de los delitos de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la Colectividad y TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS en la modalidad de OCULTAMIENTO Previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD

Del mismo modo, se observa que en fecha 15JUL2012, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en Función Control de este Circuito Judicial, recibió Expediente signado con el N° XP01-P-2011-003241, seguido al imputado J.D.N. , indocumentado, procedente de la Fiscalía Octava del Ministerio Público, siendo celebrada la audiencia de presentación de imputado en fecha 16JUL2012, en la cual se decretó el Procedimiento Ordinario, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionado en el Articulo 406 ordinal 1 del Código Penal en concordancia con el artículo 80 ejusdem en perjuicio de L.R.V.V., y se acordó La Privación Judicial Preventiva de Libertad, por cuanto se dan los supuestos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal

Vista así las cosas, este Tribunal observa que de las actas procesales que conforman los expedientes antes enumerados, que el imputado de ambas causas es la misma persona, y en razón de que la causa signada con el Nº XP01-P-2012-003241, es la del delito de mayor entidad, en consecuencia lo procedente y ajustado a derecho es ACORDAR la acumulación de la causa XP01-P-2012-000140, en la causa XP01-P-2012-003241, todo de conformidad con el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.

Por último, y evidenciándose que ambas causa se encuentran en la misma etapa procesal y ambas para audiencia preliminar y en razón que la causa en la cual XP01-P-2012-003241, se encuentra fijada la audiencia preliminar para el día 16OCT2012, es por lo que se ACUERDA convocar a las partes para el referido día a la 02:00 de la tarde. Y ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos

PRIMERO

ORDENA la ACUMULACIÓN de la causa numero XP01-P-2012-000140, de la nomenclatura llevada por el Juzgado Primero de Control de esta Circunscripción Judicial, a la presente causa XP01-P-2012-003241, llevada por ante este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones Control Circunscripcional, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 70.4, 71.1 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO

Se ORDENA dar cumplimiento a la acumulación ordenada.

TERCERO

Se ACUERDA notificar a las partes de la acumulación realizada en las causas que se llevarán por ante este Tribunal.

CUARTO

Líbrese la Boleta de Notificación a la Fiscalia Octava del Ministerio Público, y a el Defensor Público del imputado que lo representa en la causa XP01-P-2012-000140, sobre la acumulación hoy acordada.

Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia de la presente sentencia interlocutoria.

Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, a los 25 días del mes de Septiembre del año Dos mil Doce.200° años de la Independencia y 151° años de la Federación.

EL JUEZ

ABG. ARGENIS O. UTRERA MARIN

LA SECRETARIA

ABG. AMURABY ESPAÑA

ASUNTO PRINCIPAL: XP01-P-2012-003241

ASUNTO ANTIGUO: XP01-P-2012-000140

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