Decisión nº XP01-P-2004-000114 de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de Amazonas, de 12 de Septiembre de 2014

Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2014
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control
PonenteJohanna de los Angeles La Rosa Brito
ProcedimientoOrden De Captura

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Edo. Amazonas

Puerto Ayacucho, 12 de Septiembre de 2014

204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2004-000114

ASUNTO : XP01-P-2004-000114

ORDEN DE CAPTUTRA

Compete a este Tribunal dictar decisión en la presente causa seguida al ciudadano E.F.B.L., titular de la cédula de identidad Nº V-14.953.123, a quien la Fiscalía Octava del Ministerio Público le imputa la comisión del delito Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, lo cual se hace en los siguientes términos:

Se observa que este Tribunal HA FIJADO EN REITERADAS OPORTUNIDADES la audiencia de verificación de condiciones, sin que la misma se haya materializado por la incomparecencia del encartado, y por cuanto no consta en acta constancia y/o justificación del cumplimiento total de las condiciones impuestas en su oportunidad, es por lo que, en base al comportamiento del imputado en el presente proceso y la magnitud del daño causado; lo procedente y ajustado a derecho es librar orden de captura por incomparecencia injustificada del imputado a la audiencia de verificación de condiciones Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En base a los anteriormente expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA librar ORDEN DE CAPTURA por incomparecencia injustificada del imputado a la audiencia de especial, en contra del ciudadano E.F.B.L., titular de la cédula de identidad Nº V-14.953.123, a quien la Fiscalía Octava del Ministerio Público le imputa la comisión del delito Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, sin perjuicio de ser restituida la misma una vez cumplido el acto.

Publíquese, regístrese, y déjese copia de la presente sentencia interlocutoria.

Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, a los 12 de Septiembre de 2014. 204° años de la Independencia y 155° años de la Federación.

LA JUEZA

J.L.R.B.

LA SECRETARIA

PRISCI ACOSTA

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