Decisión nº XP01-P-2013-001374 de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de Amazonas, de 13 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2013
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control
PonenteJohanna de los Angeles La Rosa Brito
ProcedimientoOrden De Allanamiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS

Puerto Ayacucho, 13 DE MARZO DE 2013

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2013-001374

ASUNTO : XP01-P-2013-001374

AUTO ACORDANDO ORDEN DE ALLANAMIENTO

I

De La Solicitud

Se recibe ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, escrito presentado por el abogado J.L.H., en su condición de Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público, por el cual solicita de conformidad con los artículos 196, 197 y 198 del Código Orgánico Procesal Penal (Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.078, Publicada en fecha 15-07-2012) ORDEN DE ALLANAMIENTO, para ser practicada en una residencia ubicada en la: BARRIO RUIZ PINEDA, SEGUNDA CALLE AL LADO DE UNA BODEGA, CASA DE COLOR ROSADO, DE ESTA CIUDAD DE PUERTO AYACUCHO, ESTADO AMAZONAS; lugar donde presuntamente podría encontrarse armas de fuego y demás objetos provenientes del delito, que guardan relación con la causa K-13-0256-00161, nomenclatura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-delegación Amazonas y F2-1088-2013, nomenclatura de esa D.F.. A tal efecto, anexa copias fotostáticas simples de Acta de Investigación Penal, de fecha 08 de Marzo de 2013, Orden de Inicio de Investigación de fecha 13 de Marzo de 2013 y Acta de Investigación Penal de fecha 12 de Marzo de 2013.

De ser acordada la orden, se sugiere que dicho allanamiento sea realizado por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-delegación Amazonas.

II

Del Derecho Y Consideraciones Del Tribunal

Vista la solicitud interpuesta por el abogado J.L.H., en su condición de Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público, por el cual solicita de conformidad con los artículos 196, 197, 198 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal (Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.078, Publicada en fecha 15-07-2012) ORDEN DE ALLANAMIENTO, para ser practicada en una residencia ubicada en el: BARRIO RUIZ PINEDA, SEGUNDA CALLE AL LADO DE UNA BODEGA, CASA DE COLOR ROSADO, DE ESTA CIUDAD DE PUERTO AYACUCHO, ESTADO AMAZONAS; lugar donde presuntamente podría encontrarse armas de fuego y demás objetos provenientes del delito, que guardan relación con la causa K-13-0256-00161, nomenclatura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-delegación Amazonas y F2-1088-2013, nomenclatura de esa D.F.. A tal efecto, anexa copias fotostáticas simples de Acta de Investigación Penal, de fecha 08 de Marzo de 2013, Orden de Inicio de Investigación de fecha 13 de Marzo de 2013 y Acta de Investigación Penal de fecha 12 de Marzo de 2013.

Así las cosas, este Juzgado Segundo de Control, observado como ha sido, los argumentos del Representante del Ministerio Público, así como el estudio de los requisitos consignados; considera que de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación a los artículos 196, 197, 198 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal y en armonía al principio de la finalidad del proceso, la búsqueda de la verdad, ACUERDA la ORDEN DE ALLANAMIENTO en una Residencia ubicada en el: BARRIO RUIZ PINEDA, SEGUNDA CALLE AL LADO DE UNA BODEGA, CASA DE COLOR ROSADO, DE ESTA CIUDAD DE PUERTO AYACUCHO, ESTADO AMAZONAS; lugar donde presuntamente podría encontrarse armas de fuego y demás objetos provenientes del delito, que guardan relación con la causa K-13-0256-00161, nomenclatura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-delegación Amazonas y F2-1088-2013, nomenclatura de ese D.F.. A tal efecto, anexa copias fotostáticas simples de Acta de Investigación Penal, de fecha 08 de Marzo de 2013, Orden de Inicio de Investigación de fecha 13 de Marzo de 2013 y Acta de Investigación Penal de fecha 12 de Marzo de 2013.

De lo anterior, se acuerda que en el referido procedimiento, los funcionarios encargados de ejecutarla procedan a la búsqueda con la finalidad de localizar en el interior o exterior del referido inmueble objetos de interés criminalístico relacionados con una investigación signada con la causa K-13-0256-00161, nomenclatura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-delegación Amazonas y F2-1088-2013, nomenclatura de ese D.F..

Por lo que resuelve emitir una ORDEN DE ALLANAMIENTO para ser ejecutada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-delegación Amazonas.

Se advierte a los funcionarios encargados de ejecutarla que deben hacerse acompañar de dos (2) testigos, desde el inicio del procedimiento. Si el sospechoso, se encuentra presente, se le debe permitir que lo asista su defensor o persona de su confianza. Se debe levantar un acta donde constará de manera detallada las circunstancias de tiempo, modo y lugar que suscribirán todos los presentes. La presente orden tendrá una duración de siete (07) días continuos contados a partir de la presente fecha y debe ser notificada a la persona que habite en el lugar o se encuentre en él, a quien deberá entregársele copia de la misma. Se hará uso de la fuerza pública, sólo si los presentes se oponen al registro. Durante la ejecución del presente procedimiento, los funcionarios encargados de practicarlo, respetarán en todo momento las garantías inherentes al debido proceso y al ser humano, quienes deberán presentar sus respectivas credenciales y entregar al inicio, copia de la presente orden a la ocupante del inmueble. La presente será practicada por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-delegación Amazonas, de conformidad con lo establecido en el artículo 196 del Código Orgánico Procesal Penal.

III

DISPOSTIVA

ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ACUERDA expedir la ORDEN DE ALLANAMIENTO en una Residencia ubicada en el BARRIO RUIZ PINEDA, SEGUNDA CALLE AL LADO DE UNA BODEGA, CASA DE COLOR ROSADO, DE ESTA CIUDAD DE PUERTO AYACUCHO, ESTADO AMAZONAS; lugar donde presuntamente podría encontrarse armas de fuego y demás objetos provenientes del delito, que guardan relación con la causa K-13-0256-00161, nomenclatura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-delegación Amazonas y F2-1088-2013, nomenclatura de ese D.F.. A tal efecto, anexa copias fotostáticas simples de Acta de Investigación Penal, de fecha 08 de Marzo de 2013, Orden de Inicio de Investigación de fecha 13 de Marzo de 2013 y Acta de Investigación Penal de fecha 12 de Marzo de 2013. Y así se decide.-

Publíquese, notifíquese, regístrese, déjese copia de la presente sentencia interlocutoria.

Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, a los trece (13) día del Mes de MARZO del año Dos Mil TRECE. 202° años de la Independencia y 153° años de la Federación.

LA JUEZA SEGUNDO DE CONTROL,

JOHANNA LA ROSA BRITO

LA SECRETARIA

AIXA M.

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