Decisión nº 0319-10 de Tribunal Segundo de Control de Zulia (Extensión Santa Bárbara), de 15 de Abril de 2010

Fecha de Resolución15 de Abril de 2010
EmisorTribunal Segundo de Control
PonenteGrecia Griset García
ProcedimientoSobreseimiento

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO ZULIA

EXTENSION S.B.D.Z.

TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

S.B.d.Z., 15 de abril de 2010

199° y 151º

DECISIÓN No.0319-10. C02-8055-09.

24-F16-0589-01.

Visto el escrito presentado por los Fiscales Titular y Auxiliar XVI del Ministerio Público Abogada N.E.B. e I.V.M., mediante el cual solicita el Sobreseimiento de la Causa en la Investigación Fiscal signada con el N° 24-F16-0589-01, seguida contra el ciudadano J.V.A.C., por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 464 (hoy 462) del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano A.A.H.L., de conformidad con el artículo 318, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48 ordinal 8° del artículo 48 eiusdem, y por cuanto de la revisión efectuada a las actas que conforman la presente causa, se advierte a criterio de esta juzgadora no se hace necesario realizar Audiencia Oral, tal como lo establece el artículo 323 eiusdem, por encontrase debidamente fundamentado, y en razón de que en la presente decisión serán emitidas las correspondientes boletas de notificación a los fines de que las partes ejerzan su derecho de recurrir a las instancias superiores, para el caso de considerarlo. Este Tribunal pasa a resolver en los términos siguientes:

Del estudio minucioso y exhaustivo de las actuaciones que conforman la presente causa, se evidencia la comisión de un hecho punible, que merece pena privativa de libertad, como lo es el delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 464 del Código Penal Venezolano, vigente para la fecha de su comisión, en perjuicio del ciudadano A.A.H.L., sin embargo, de las pruebas que existen así como se desprende de las actas de investigación, las cuales no arrojan suficientes elementos de convicción para atribuírsele la responsabilidad penal del hecho en cuestión a persona alguna, en consecuencia, no existiendo razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación; razón por la cual esta Juzgadora, considera procedente y ajustado a derecho, acordar el Sobreseimiento de la presente causa; de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECLARA.-

DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra el ciudadano J.V.A.C., por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 464 (hoy 462) del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano A.A.H.L.. Todo de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, Regístrese, déjese copia en archivo, y remítase al Archivo Judicial, en la oportunidad legal correspondiente.-

LA JUEZA SEGUNDA DE CONTROL,

G.G.G.R..

LA SECRETARIA,

LIXAIDA M.F.F.

En la misma fecha se registró la presente decisión bajo el N° 0319-2010. Se compulsó copia de archivo, y se libraron las correspondientes Boletas de Notificación, según Oficio N° 1180-2010.

LA SECRETARIA,

LIXAIDA M.F.F.

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