Decisión nº 1E-777-07 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A de Apure (Extensión San Fernando de Apure), de 10 de Enero de 2008

Fecha de Resolución10 de Enero de 2008
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A
PonenteZuleima Del Carmen Zárate Laprea
ProcedimientoAudiencia Especial

República Bolivariana de Venezuela

Circuito Judicial Penal del Estado Apure

Tribunal en Funciones de Ejecución

Sección de Adolescentes

San F.d.A., 10 de Enero de 2008.

196° y 147°

CAUSA N° 1E-777-07.

COMPUTO DE EJECUCION DE SANCIÓN

Definitivamente firme como ha quedado la decisión dictada por el Tribunal de Control, en fecha 07-11-07, instruida en contra del Adolescente Iuris sancionado IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, por la comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el articulo 374 del Código Penal Venezolano, mediante la cual se le impuso las Sanciones de L.A. Y REGLAS DE CONDUCTA consistentes en: REGLAS DE CONDUCTA:1.- Consignar constancia de trabajo en el lapso de un mes, 2.-Asistir dos veces al mes, por dos horas diarias, al Asilo de Ancianos de Biruaca, a los fines de la colaboración que pueda requerir la institución, 3-. No ingerir bebidas alcohólicas.- Y L.A., razón por la cual deberá presentarse una vez al mes por ante la unidad de formación Integral con sede en la Avenida Caracas de esta ciudad de San Fernando estado Apure, a cargo de la Prof. N.d.M., quien es la Coordinadora y la persona encargada de vigilar y supervisar el cumplimiento de la sanción de L.A.; ambas sanciones se cumplirán simultáneamente. Las sanciones se cumplirán en el lapso de Seis (06) Meses, atendiendo a lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, norma supletoria de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente según lo pautado en su artículo 537.

FECHA DE IMPOSICION DE LA SANCION DE LA L.A.: 14 de Enero de 2008.

FECHA DE INICIO DE LAS SANCIONES DE L.A.: 14 de Enero de 2008.

FECHA EN QUE CUMPLE LA SANCION DE L.A.: 14 de Julio de 2008.

FECHA DE INICIO DE LAS REGLAS DE CONDUCTA: 14 de Enero de 2008.

FECHA EN QUE CUMPLE LA SANCION REGLAS DE CONDUCTA: 14 de Julio de 2008.

EN SAN F.D.A., Diez (10) DIAS DEL MES DE Enero DE 2008.

LA JUEZA,

ABOG. Z.Z.L..

LA SECRETARIA

ABOG. SONIA CIPOLLA.

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

SECRETARIA

ABOG. SONIA CIPOLLA.

Causa N° 1E-777-07.

ZZL/SDC.-

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