Decisión de Tribunal de Control Adolescente de Amazonas, de 3 de Octubre de 2006

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2006
EmisorTribunal de Control Adolescente
PonenteRossana Foresto
ProcedimientoAuto De Acumulación De Causas

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas

Puerto Ayacucho, 3 de Octubre de 2006

196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2006-000326

ASUNTO : XP01-P-2006-000326

Vista la acusación interpuesta por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra el adolescente: ------------------------------, por la comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal, en relación con el artículo 80 en su segundo aparte ejusdem, en agravio del adolescente: BLASDELER LAICA RINCONES; éste Tribunal Primero de Control de la sección Penal de adolescentes de este Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: La acumulación de la causa penal N° XP01-P-2.006-000623, a la causa penal N° XP01-P-2.006-000326, la cual desde ahora llevará la nomenclatura de está última causa N° XP01-P-2.006-000326, en virtud de la unidad del proceso, ya que el imputado -------------------, tiene dos procesos penales por ante este Tribunal de Control, por la comisión de uno de los delitos Contra las Personas, en agravio de los adolescentes: Blasdeler Laica Rincones y Areidys Inocencio y la ciudadana: M.L., todo de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 1 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbresen boletas de notificación a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público y al defensor público cuarto penal. SEGUNDO: En consecuencia, se fija la celebración de la Audiencia Preliminar, en la causa seguida contra el adolescente ---------------------------, por la comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 406 numerales 1° y , literal “A” del Código Penal, en relación con el artículo 80 en su segundo aparte ejusdem, en agravio de los adolescentes: BLASDELER LAICA RINCONES Y AREIDYS INOCENCIO y la ciudadana: M.L., para el día miércoles 18 de Octubre del año en curso, a las 9:00 am. Se coloca a disposición de las partes las actuaciones y evidencias recogidas en la investigación, para que puedan examinarlas en el plazo común de cinco (5) días, de conformidad con lo pautado en el artículo 571 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrense boletas de notificación a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y a la defensoría pública cuarta penal, boletas de citación a los adolescentes Blasdeler Laica Rincones y Areidys Inocencio, así como a la ciudadana: M.L.. También se librará boleta de traslado al imputado de autos quien se encuentra detenido en el Centro de Atención Inmediata (C.D.T). TERCERO: Líbrese Oficio al Centro de Atención Inmediata Amazonas (C.D.T), a fin de solicitarle que sea recabado y remitido a este Tribunal el resultado del reconocimiento psiquiátrico practicado al adolescente -------------------------. Cumplase.-

LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL

Dra. R.F. de Ventura.

EL SECRETARIO.

Abg. J.R.U..

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECRETARIO.

Abg. J.R.U..

Exp N° XP01-P-2.006-000326.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR