Decisión nº S-N de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A de Falcon (Extensión Coro), de 19 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2009
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A
PonenteNirvia Gómez
ProcedimientoCumplimiento De Sanción

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón

S.A.d.C., 19 de Noviembre de 2009

199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2006-000028

ASUNTO : IP01-D-2006-000028

AUTO DE CUMPLIMIENTO DE SANCION

Por cuanto del cómputo de la sanción efectuada por este Juzgado de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de S.A.d.C.E.F. el día diez de Mayo de dos mil siete donde se evidencia que la sanción que le fuera impuesta por el Juzgado de Juicio de Responsabilidad Penal del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , se extinguió el día nueve de Mayo de dos mil nueve ; el día treinta y uno de Julio del presente año se recibió constancia de inscripción del adolescente en la Escuela Técnica Agropecuaria Robinsoniana “El Mamito” en consecuencia este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente ADMINISTRANDO Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el Cese de la medida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA por el delito de Lesiones Personales Graves Tipificadas en el Articulo 415 Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano E.R.G.C. de conformidad con el articulo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del N.N. Y Adolescente y en consecuencia la L.P. y el cese de toda medida de coerción personal. Notifíquese a las partes Cúmplase.

La Jueza de Ejecución de Responsabilidad Penal

Abg. Nirvia G.G.

La Secretaria

Abg. Sobeidy Sangronis

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