Decisión de Tribunal Tercero de Control de Cojedes, de 30 de Agosto de 2006

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2006
EmisorTribunal Tercero de Control
PonenteGerardo José Torrealba
ProcedimientoTraslado A Medicatura Forense

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES

San Carlos, 30 de Agosto de 2006

196° y 147°

Visto el escrito presentado por ante la Unidad de Alguacilazgo, en fecha 28 de Agosto de 2006, por Abog. E.A.Z., inscrito en le Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 16.156, en su carácter de defensor privado del imputado R.V.C.M., titular de la cédula de identidad N° V- 17.050.545 en la Causa N° 3C-702-06, Expediente Fiscal N° 53.466.06, por la presunta comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente, mediante el cual solicita “…Con base a la Resolución N° 72, publicada en el a Gaceta Oficial N° 38.496 de fecha 9 de Agosto de 2006 y referida al “Receso” Judicial decretado por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia…PEDIMENTO. la defensa presentó un Informe Medico Psiquiátrico Privado sobre el estado de s.M. del imputado y que se ha venido agravando debido a su internamiento por la Medida de Privación de su Libertad, y aunado al hecho de no haberse realizado la Audiencia Preliminar motivado al “Receso”…PEDIMENTO. Pido, ordene la practica de una Experticia Medico Psiquiátrico Forense a mi defendido R.V.C.M., con el objeto de determinar o establecer si padece de alguna “PATOLOGIA MENTAL” que lo haga INIMPUTABLE, de Responsabilidad penal y en consecuencia se acuerde el procedimiento… informo a este despacho la existencia en la ciudad de los Teques, Estado Miranda de un experto…Doctora B.B., Medico Psiquiatra Forense al Servicio del Cuerpo de Investigación Científica Penal y Criminológica, ubicada en la Ciudad de los Teques, Hospital “VICTORINO SANTAELLA” Departamento de Psiquiatría Forense, Avenida Roosvel de dicha ciudad…” (Negrillas agregadas). de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 177 del Código Orgánico Procesal Penal, para decidir este Tribunal, observa. PRIMERO: Se evidencia de las actas que conforman la presente causa que en fecha 17 de Junio de 2006, se la Fiscalía Segunda presentó a los imputados L.A.C.F. y R.V.C.M., audiencia que se suspendió para el 18 de Junio de 2006, con el fin de oír a la víctima y en esa misma fecha se decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad. SEGUNDO: Consta al folio 83 que este Tribunal juramentó al Abogado E.A.Z., como defensor privado del imputado R.V.C.M., arriba identificado. TERCERO: Así mismo, se evidencia escrito de fecha 28 de Agosto del año en curso el cual se introdujo por ante la Oficina del alguacilazgo, suscrito por el Defensor Privado Abog. E.A.Z., dirigido a este Juzgado donde solicita el traslado de su defendido R.V.C.M., a la Medicatura Forense a los fines que le sea realizado Experticia Médico Psiquiátrica Forense. Por las consideraciones antes expuestas este Tribunal TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: PRIMERO: Remitir al imputado R.V.C.M., a la Medicatura forense de este estado Cojedes, a los fines que se evaluado por el Medico Forense, para lo cual debe anexarse copias simples del Informe Medico Psiquiátrico, suscrito por el medico Psiquiatra Dr. H.N.S. y diagnostico de referencia: para descartar trastorno orgánico cerebral. Síndrome convulsivo suscrito por la Neuróloga Dra. M.P. los cuales corren a los folios 130 al 143. SEGUNDO: Anéxese copias simples de la solicitud del defensor privado, que corren a los folios _____ y _____, al oficio que se enviará al medico forense. Librense las correspondientes boletas de notificaciones. Ofíciese lo conducente. Cúmplase lo acordado.

EL JUEZ DE CONTROL N° 3

G.J.T.P.

LA SECRETARIA

ROSSMARIANGEL NAVARRO

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