Decisión de Juzgado Tercero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 27 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2009
EmisorJuzgado Tercero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteJuan Carlos Varela Ramos
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 27 de Noviembre de 2009

199º y 150º

ASUNTO: AP11-M-2009-000457

Vista la anterior demanda por EJECUCIÓN DE HIPOTECA MOBILIARIA y los recaudos que la acompañan, presentado por BFC BANCO FONDO COMÚN, C.A. Banco Universal, antes Fondo Común, C.A., Banco Universal, sociedad mercantil con domicilio en Caracas, Distrito Capital, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 22 de enero de 2001, bajo el Nº. 17, Tomo 10-A-Pro, modificados sus Estatutos y refundidos en un solo texto según consta en Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 17 de febrero de 2005, inscrita ante el Registró Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el 15 de junio de 2005, bajo el Nº.25, Tomo 70-A-pro., y cuya última modificación estatutaria para el cambio de denominación social se evidencia en Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 10 de febrero de 2006, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 21 de abril de 2006, bajo el Nº. 46, Tomo 50-A-Pro; Registrada ante el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) según certificado de de inscripción (R.I.F) Nº J-30778189-0, a través del abogado J.U. ZERPA, inscrito en el Inpre-abogado bajo el Nº. 53.935, contra la sociedad mercantil MADERERA ASHLEY., C.A, domiciliada en la población de Chaguaramas Estado Monagas e inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, el 17 de noviembre del año 1.995, bajo el Nº 11, Tomo B-11, siendo modificados sus estatutos sociales por última vez en fecha 06 de octubre del año 2005, según asiento inscrito en el referido registro, bajo el Nº 58, Tomo A, el Tribunal le da entrada y acuerda anotarlo en el libro de causas respectivos llevado por ese Juzgado, y la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el aparte segundo del artículo 70 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión. En consecuencia, INTÍMESE a la sociedad mercantil MADERERA ASHLEY., C.A, en la persona de su Presidente, J.F.V.R., venezolano, mayor de edad, domiciliado en Maturín Estado Monagas, y titular de la cédula de identidad Nº. V-10.628.156, a fin de que comparezca por ante este Juzgado DENTRO DE LOS OCHO (8) DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES A LA CONSTANCIA EN AUTOS DE LA INTIMACIÓN QUE SE PRACTIQUE, más SEIS (6) DÍAS que se le concede como término de la distancia, entre las horas destinadas para despachar desde las 08:30 a.m., hasta las 03:30 p.m., para que una vez apercibido de ejecución, pague o acredite haber pagado las cantidades de dinero reclamadas por la actora, discriminados de la siguiente manera: PRIMERO: por concepto de capital, la cantidad de dos millones ciento veintiún mil ciento treinta y cuatro bolívares fuertes con nueve céntimos (Bs. F. 2.121.134,09), adeudado al mes de septiembre del año 2009; SEGUNDO: por concepto de intereses convencionales, la cantidad de doscientos dos mil trescientos cuarenta y nueve bolívares fuertes con noventa y nueve céntimos, (Bs. F. 202.349,99), generados desde el 20 de marzo del año 2009, asta el mes de septiembre del mismo año; TERCERO: por conceptos de intereses moratorios, la cantidad de ciento catorce mil setecientos siete bolívares fuertes con setenta y ocho céntimos (Bs. F. 114. 707,78), generados desde el 20 de marzo del año 2009 hasta el mes de septiembre del mismo año. CUARTO: Los intereses convencionales y moratorios que se sigan causando sobre el capital adeudado hasta la total y definitiva cancelación de las obligaciones. QUINTO: La cantidad de cuatrocientos veinticuatro mil doscientos veintiséis bolívares con ochenta y un céntimos (Bs. F. 424.226,81), por concepto de costas calculadas prudencialmente por el Tribunal en un veinte por ciento (20%).- Asimismo de conformidad con lo establecido en el mencionado artículo se acuerda la participación de la intimación al pago mediante carteles, fijándose uno en la sede del Juzgado y la publicación de un ejemplar en el Diario EL UNIVERSAL, en tamaño de letra legible. Visto el pedimento contenido en el capítulo VI del escrito libelar y de conformidad con el artículo 70 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión, este Tribunal decreta MEDIDA DE SECUESTRO de los bienes dado en prenda, que constituye la garantía hipotecaria y que se transcriben a continuación: 1.- Una (1) Planta Generador de Corriente Continua eléctrico de 455 KW, 480 Voltaje, cuyo valor asciende a la cantidad de trescientos setenta y nueve millones seiscientos veinte mil bolívares (Bs. 379.620.000,oo); actualmente, trescientos setenta y nueve mil seiscientos veinte bolívares fuertes (Bs.F. 379.620,oo); 2.- Una (1) Maquina para aserrar de 58¨ Seis discos para aserrar y trocear numero de serial: C2488 con su maya coleador a 7 pies x 7 pies con un motor de 150 caballos con sus arranques, interruptor, reles, supresores de sobretensión y cortacircuito, cuyo valor asciende a la cantidad de doscientos trece millones quinientos setenta y tres mil quinientos cincuenta y siete bolívares con diez céntimos (Bs. 213.573.557,10) actualmente, doscientos trece mil quinientos setenta y tres bolívares fuertes con cincuenta y seis céntimos (Bs.F. 213.573,56); 3.- Una (1) Maquina para aserrar madera con doble cortes de 40 cms de diámetro. Sierres de 12 dientes y capacidad de cortar de 180º, para cortar rolas desde 7 cms de ancho con un mínimo largo de 1 metro. Amortiguadores de cabezales permitiendo hacer rolas de varios ancho y alto, sin necesidad de cambiar los discos. Incluyendo juegos de distanciadoras para las sierras. Ventilación sobre los discos y sierras móviles para evitar daños por calentamiento. Capacidad de cortar 2,10 metros en cuatro paradas. 575 voltaje con 110 de control. 150 caballos de motor para aserradora. 10 caballos para cada sierra rotativo, cuyo valor asciende a la cantidad de quinientos sesenta y un millones doscientos dieciséis mil bolívares sin céntimos (Bs. 561.216.000,oo), actualmente, quinientos sesenta y un mil doscientos dieciséis bolívares fuertes sin céntimos (Bs.F. 561.216,oo); 4.- Cuatro (4) cadenas de 12 pies de largo para movilizar entradas de dos metros. Un surtidor de cuatro cadenas de 16 pies, cuyo valor asciende a la cantidad de cincuenta y cinco millones novecientos dos mil trescientos setenta y cinco bolívares sin céntimos (Bs. 55.902.375,oo), actualmente, cincuenta y cinco mil novecientos dos bolívares fuertes con treinta y ocho céntimos (Bs.F. 55.902,38); 5.- Una (1) transportadora únicamente para entradas de 8,50 metros de largo con 40 cms de ancho con rodillos cilíndricos, cuyo valor asciende a la cantidad de ochenta y un millones novecientos cuarenta y seis mil trescientos cinco bolívares sin céntimos (Bs.81.946.305,oo), actualmente, ochenta y un mil novecientos cuarenta y seis bolívares fuertes con treinta y un céntimos (Bs.F. 81.946,31); 6.- Un (1) Camión con piso rodante para transportar aserrín. Piso montado sobre ruedas de caucho 11 R 24,5 marca PEERLESS, permiso de compatibilidad ambiental, cuyo valor asciende a la cantidad de ciento noventa y un millones ochocientos veintiún mil ochocientos setenta y cinco bolívares sin céntimos (Bs. 191.821.875,oo), actualmente, ciento noventa y un mil ochocientos veintiuno bolívares fuertes con ochenta y ocho céntimos (Bs.F. 191.821,88); 7.- Una (1) Maquina E-648 con doble sierras móviles para aserrar con motores de 75 caballos cada uno. Motor para transportadora de entrada, salida con transportadora sencillas, cuyo valor asciende a la cantidad de trescientos veintiún millones doscientos setenta y cuatro mil doscientos treinta y siete bolívares con cincuenta céntimos (Bs. 321.274.237,50), actualmente, trescientos veintiún mil doscientos setenta y cuatro bolívares fuertes con veinticuatro céntimos (Bs. 321.274,24); 8.- Una (1) Máquina para aserrar estilo “scragg” de 220/440 voltage. Sierras de 75 cms. Capacidad de 90 cms y un diámetro hasta 40 cms. Dos motores de 50 caballos cada uno, cuyo valor asciende a la cantidad de seiscientos nueve millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil quinientos bolívares sin céntimos (Bs. 609.445.500,oo), actualmente, seiscientos nueve mil cuatrocientos cuarenta y cinco bolívares fuertes con cincuenta céntimos (Bs.F. 609.445,50); 9.- Una (1) Montacarga con motor “Detroit” unas de 1,5 metros. Capacitado para mover a los dos lados hasta tres alturas, cuyo valor asciende a la cantidad ciento ochenta y un millones setenta y nueve mil ochocientos cincuenta bolívares sin céntimos (Bs.181.079.850,oo), actualmente, ciento ochenta y un mil setenta y nueve bolívares fuertes con ochenta y cinco céntimos (Bs.F. 181.079,85); 10.- Un (1) Panel tamaño y “Allen Bradley” tamaño 5 con conectores y desconectares de 600 amp; Un (1) Armario Westinghouse con conmutadores de 400 amp y un cortacorriente 60 amp; Un (1) Westinghouse 600 amp paneles; Una (1) Consola “D” con 3 conmutadores y cortacorriente de 200 amp; Un (1) Cortacorriente de 100 amp c/u con dos cortacorriente de 60 amp c/u conectados con dos cortacorrientes integrales de 30 amp c/u y un interruptor de tamaño 2 cada uno; Un (1) panel con cortacircuito de 100 amp y dos cortacorrientes de 60 amp integrado a catorce interruptores de 30 amp y un conmutador; Un (1) cuadro de tamaño 2 con disyuntores de tamaño 1 y 8 supresores de sobretensión transitorio; y Un (1) Westinghouse de 400 amp con un rele de tamaño “O” con un derivador de 60 amp y un cortacircuito de 30 amp, cuyo valor total asciende a la cantidad de cuatrocientos sesenta y nueve millones setecientos treinta y tres mil cuatrocientos siete bolívares con cincuenta céntimos (Bs. 469.733.407,50), actualmente, cuatrocientos sesenta y nueve mil setecientos treinta y tres bolívares fuertes con cuarenta y un céntimos (Bs.F. 469.733.41); 11.- Un (1) Interruptor con dos controles de tamaño dos y un conector con tres derivadotes de tamaño “O” cada uno; Un (1) Panel que consiste de tres tamaño “3” empalmador conectado a dos supresores y un transistor de tamaño “1” con cortacircuitos de 400 amp y un interruptor de 100 amp. Un disyuntor de 60 amp con 3 conmutadores de 30 amp cada uno; cuyo valor total asciende a la cantidad de ciento cuarenta y tres millones quinientos noventa y dos mil trescientos setenta y cinco bolívares sin céntimos (Bs. 143.592.375,oo), actualmente, Bolívares Fuertes ciento cuarenta y tres mil quinientos noventa y dos con treinta y ocho céntimos (Bs.F. 143.592,38); 12.- Una (1) unidad completa de compresor de aire con tanque de depósito con su consola eléctrica para arranque y cortacircuito. Con motor de 80 caballos; Un (1) compresor “Kellogg” de 40 caballos con su sistema eléctrico; cuyo valor total asciende a la cantidad de doscientos treinta y ocho millones ciento sesenta y seis mil cuarenta bolívares sin céntimos (Bs. 238.166.040,oo); actualmente, Bolívares Fuertes doscientos treinta y ocho mil ciento sesenta y seis con cuatro céntimos (Bs.F. 238.166,04); 13.- Un (1) Tractor cargador frontal con ruedas estilo “Payloader” con cabinas aire acondicionado, cerrados, cauchos de 20.5” x 25” y una capacidad de 21.300 libras cuyo valor total asciende a la cantidad de doscientos sesenta y ocho millones setecientos sesenta y nueve mil ochocientos cincuenta bolívares sin céntimos (Bs. 268.769.850,oo), actualmente, Bolívares Fuertes doscientos sesenta y ocho mil setecientos sesenta y nueve con ochenta y cinco céntimos (Bs.F. 268.769,85); 14.- Un (1) Tractor cargador frontal con ruedas estilo “Payloader” con cabinas aire acondicionado cerrados, cauchos de 20.5 x 25” y una capacidad de 21.300 libras cuyo valor total asciende a la cantidad de doscientos sesenta y ocho millones setecientos sesenta y nueve mil ochocientos cincuenta bolívares sin céntimos (Bs. 268.769.850,oo), actualmente, Bolívares Fuertes doscientos sesenta y ocho mil setecientos sesenta y nueve con ochenta y seis céntimos (Bs.F. 268.769,86); 15.- Un (1) Tractor cargador frontal con ruedas estilo “Payloader” con cabinas aire acondicionado cerrados, cauchos de 20.5 x 25” y una capacidad de 21.300 libras cuyo valor total asciende a la cantidad de doscientos sesenta y ocho millones setecientos sesenta y nueve mil ochocientos cincuenta bolívares sin céntimos (Bs. 268.769.850,oo), actualmente, Bolívares Fuertes doscientos sesenta y ocho mil setecientos sesenta y nueve con ochenta y seis céntimos (Bs.F. 268.769,86); 16.- Un (1) Tractor cargador frontal con ruedas estilo “Payloader” con cabinas aire acondicionado cerrados, cauchos de 20.5 x 25” y una capacidad de 21.300 libras cuyo valor total asciende a la cantidad de doscientos sesenta y ocho millones setecientos sesenta y nueve mil ochocientos cincuenta bolívares sin céntimos (Bs. 268.769.850,oo), actualmente, Bolívares Fuertes doscientos sesenta y ocho mil setecientos sesenta y nueve con ochenta y seis céntimos (Bs.F. 268.769,86); 17.- Un (1) Tractor cargador frontal con ruedas estilo “Payloader” con cabinas encerrada con cauchos de 20.5 x 25” y una capacidad de 21.300 libras cuyo valor total asciende a la cantidad de doscientos cincuenta y siete millones quinientos ochenta y nueve mil trescientos setenta y cinco bolívares (Bs. 257.589.375,oo), actualmente, Bolívares Fuertes doscientos cincuenta y siete mil quinientos ochenta y nueve con treinta y ocho céntimos (Bs.F. 257.589,38); 18.- Una (1) Estación de 5 metros para rolas con máquina para movilizar las rolas transportadores con motores para rolas de 18 pulgadas ancho por 50 pies de largo; una (1) transportadora de alta capacidad con cadenas de 32 pies y con motor de 81 pies; Un (1) Transportador vibradora de 18 pulgadas de ancho y 42 pies de largo para entrega precisa; Un (1) Panel eléctrico con motor de 100 caballos de prendedor y un disconector; (1) Montacarga HYSTER de 8000 libras S/N E0005A074585; Un (1) Centro de Control para motores Corley; Un (1) Panel eléctrico marca General Eléctric; y Un (1) Corley frisadora para pulir cabezales de las sierras; cuyo valor total asciende a la cantidad de trescientos cuarenta y cuatro millones sesenta y ocho mil dieciséis bolívares con dos céntimos (Bs. 344.068.016,02), actualmente, Bolívares Fuertes trescientos cuarenta y cuatro mil sesenta y ocho con dos céntimos (Bs.F. 344.068,02), y 19.- Una (1) Maquina de aserrar con rodillos con entrada y salida hidráulica; Una (1) Maquina de trocear costaneras Nº de Serial 9308 con motor; Una (1) Máquina de aserrar rollizo en basa con rodillos de salida con bloqueador; Un (1) Troceador de madera de un solo cabezal con guía avance; Una (1) mesa de transferencia con rodillos hidráulica; Un (1) Hidrojet con bomba de alta presión para lavado; Una (1) Paleta de chumaceiras; Una (1) Consola eléctrica con interruptores; Un (1) GP5 Saftronics panelas de corta circuito para frecuencias variable; quince (15) pulgadas hojas de discos circulares; quince (15) 12 pulgadas hojas de discos para sierra; nueve (9) 16 pulgadas hojas de discos para sierra; una (1) sierra con repuestos; Un (1) gato para paletas; Una (1) Maquina de descantear/biselar con sistema de entrada; Un (1) Sistema de alta capacidad para elevar empaques de 3 metros; Una (1) surtidora de rocas con sistema hidráulica; Un (1) sistema de elevación de alta capacidad para empaques; Un (1) Ventolin para dispensar aserrín de 7,5 caballos; Una (1) paleta de pistolas para clavar madera; Un (1) Almacenamiento de potencia hidráulica de 30 caballos; y Un (1) Almacenamiento de potencia hidráulica de 30 caballos con motor y paneles; cuyo valor total asciende a la cantidad de ochocientos cincuenta y cinco millones cuatrocientos ochenta y seis mil ciento cuarenta y cinco bolívares con tres céntimos (Bs. 855.486.145,03) actualmente, Bolívares Fuertes ochocientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y seis con quince céntimos (Bs.F. 855.486,15). Dicha Hipoteca Mobiliaria se encuentra protocolizada por ante la Oficina de Registro Público, de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa del Estado Monagas, en fecha 27 de junio de 2007, bajo el Nº 1, del año 2007, tomo único del Libro de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesión. A los fines de la práctica de la medida acordada, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los fines de que ponga en posesión de los bienes secuestrados a la acreedora hipotecaria, o a la persona que éste señale durante el acto de secuestro. Líbrese despacho de comisión respectivo.-

A los fines de la práctica de la intimación acordada anteriormente por este Tribunal, se comisiona amplia y suficientemente a un Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Líbrese despacho, oficio, boleta de intimación y anéxese a la misma copias certificadas del libelo de demanda y del presente auto de admisión de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y líbrese cartel de intimación.

EL JUEZ,

LA SECRETARIA,

Dr. J.C.V.R.

Abg. C.B..

Asistente que realizo la actuación: ana

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