Decisión de Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente de Monagas, de 27 de Julio de 2009

Fecha de Resolución27 de Julio de 2009
EmisorTribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente
PonenteElina Ciano D' Cools
ProcedimientoUnicos Y Universales Herederos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 27 de J.d.D.M.N..

199º y 150º

De la revisión de las actas se observa que la demanda presentada por el ciudadano, FOUAD A.J., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.148.210, asistido en este acto por el abogado R.M. M., abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 30.262, el tribunal, niega la admisión de la misma, por cuanto no consta en autos poder otorgado al ciudadano FOUAD A.J., para representar a la ciudadana M.R.E., ni a sus hijos, este Tribunal declara LA NO ADMISIÓN de la demanda, y así decide. Cúmplase.-

LA JUEZ PROFESIONAL TITULAR SEGUNDA

Dra. ELINA CIANO DE COOL’S

LA SECRETARIA

Abog. DIANA MINERVA LEZAMA

Exp. 7738-09

ECDC/Dch.-

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