Decisión de Sala Duodécimo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente de Caracas, de 15 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2009
EmisorSala Duodécimo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
PonenteSara Guardia Soto
ProcedimientoUnicos Y Universales Herederos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional

Sala de Juicio Nº 12

Caracas, 15 de diciembre de 2.009.

199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2009-020796

Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente las copias certificadas del acta de defunción y de nacimiento que rielan a los folios seis (06) y siete (07), respectivamente, así como las declaraciones de los ciudadanos YRIANGEL M.C.C. y A.L.C.A., venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-24.581.686 y V-6.445.931, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, al adolescente, de catorce (14) años de edad, de la ciudadana F.I.H.R., quien era titular de la cédula de identidad No. V-11.554.399, quien falleció en fecha 29 de septiembre de 2009; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Así se decide.-

Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por secretaria.-Cúmplase.-

LA JUEZ

ABG. SARA E. GUARDIA SOTO. LA SECRETARIA

ABG. ADRIANA MIRELES.

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