Decisión nº 346 de Juzgado del Municipio Crespo de Lara, de 14 de Julio de 2008

Fecha de Resolución14 de Julio de 2008
EmisorJuzgado del Municipio Crespo
PonenteLuis Rafael Alejos Pineda
ProcedimientoExtinsion De Obligacion De Manutencion

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO CRESPO

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA

DUACA: 14 de Julio del 2008

AÑOS: 198º y 149º

Expediente: 374-2004

DEMANDANTE: F.P.H.

DEMANDADO: E.M.P.B.

MOTIVO: EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

Vista la diligencia suscrita por la ciudadana F.P.H., titular de la Cédula de Identidad Nº 17.482.867, donde manifiesta la muerte del Obligado E.M.P.P., lo cual se demuestra según consignación de copia fotostática de Acta de Defunción emitida por la Alcaldía del Municipio Vargas, Dirección de Registro Civil, del Estado Vargas, identificada con el Nº 059, folio 257, del Libro de Defunciones del año 2008, de fecha 25 de Febrero de 2008, este Tribunal conforme a lo previsto en el artículo 383 literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes, declara la extinción de la obligación alimentaria cursante en el presente expediente y ordena el archivo del mismo.

El Juez Suplente Especial

Abog. L.R.A.P..-

La Secretaria,

Abog. Yoryelin Odreman Facenda.-

Seguidamente quedó publicada a las 3:10 p.m.

La Secretaria

Yoryelin Odreman Facenda

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