Decisión nº 12-07-04. de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de Barinas, de 16 de Julio de 2004

Fecha de Resolución16 de Julio de 2004
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil
PonenteReina del Valle Chejin Pujol
ProcedimientoCobro De Bolivares Por Intimacion

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-

Nro. 12-07-04.

Barinas, 16 de julio de 2004.

Años 194º y 145º

Vista la diligencia suscrita en fecha 13 de julio del año en curso, por el demandado ciudadano D.M., colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 81.311.581, asistido por la abogada en ejercicio Decci M.C.A., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 62.724, por una parte, y por la otra el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio A.J.C.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 50.983, mediante la cual el demandado conviene en la presente demanda de cobro de bolívares por intimación intentada por el ciudadano Francisco de la C.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.447.967 contra el ciudadano D.M., ya identificado, y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil y estando el apoderado actor facultado para convenir a tenor de lo dispuesto en el artículo 154 ejusdem, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al convenimiento celebrado por las partes y le da valor de cosa juzgada.

La Juez

Abg. Reina Chejín Pujol.

La Secretaria Temporal,

Becceida Ramírez González.

Exp. Nro. 03-6296-M.

rm.

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