Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Carupano), de 18 de Julio de 2012

Fecha de Resolución18 de Julio de 2012
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteLuis Marcella Hernandez
ProcedimientoEjecución De Sentencia

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

EXTENSION CARUPANO

TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 18 de Julio de 2012

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-005377

ASUNTO: RP11-P-2005-005377

Recibida como ha sido la presente causa proveniente del Tribunal Primero de Control, seguida contra F.D.V.V., Venilio J.U.R. y N.J.B.R. en la que fueron condenados a cumplir la pena de Seis,(6), meses de prisión por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas y por cuanto de la revisión del sistema se constató que contra el penado N.J.B.R., se sigue por ante el Tribunal segundo de ejecución de esta extensión judicial la causa RP11-P-2007- 003662, Causa en la fue sentenciado a cumplir la pena de Dos (2) Años y Ocho (8) Meses De Prisión por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el tercero y último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad; Este tribunal, en virtud de que a todas luces estamos en presencia de dos causas seguidas en fase de ejecución contra un mismo penado, lo que denota la conexidad de las mismas, configurándose el supuesto del ordinal 4° del artículo 70 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se estima, que en aras a preservar la unidad del proceso a que se refiere el artículo 73 ejusdem, lo procedente es declinar el conocimiento de la presente causa, conforme a lo previsto en el artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal, en el tribunal Segundo de Ejecución, y en consecuencia remitir las presentes actuaciones al Tribunal Segundo de Ejecución, a los fines de que se proceda a la acumulación respectiva de causas y penas, conforme al artículo 97 del Código Penal, ello en virtud de ser ese tribunal al que le corresponde el conocimiento por estar cursante ante el la causa por el delito de mayor gravedad y pena, conforme a lo establecido en el artículo 71 ordinal 1° y el aparte in fine del ya citado artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase la presente causa mediante oficio al tribunal Primero de Ejecución. Cúmplase.

EL Juez Primero de Ejecución.

Abg. L.M.M..

La Secretaria.

Abg. C.M..

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