Decisión de Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de Aragua, de 13 de Agosto de 2014

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2014
EmisorJuzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoQuerella Funcionarial

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY

Maracay, Trece (13) de Agosto de dos mil catorce (2.014).

204° y 155°

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nro. DE01-G-2010-000259 Numeración Antigua: 10.126, proveniente de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante Oficio signado bajo el Nro. CSCA-2014-005315, de fecha 14 de Junio de 2014, contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el ciudadano F.G.P., titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.000.788, contra el Instituto de Vialidad Y Transporte del estado Aragua (INVIALTA). Dicha remisión se efectuó, en virtud de la Sentencia dictada por la referida Segunda de lo Contencioso Administrativo, en fecha 26 de Junio de dos mil trece (2.013), la cual declaró:

…1.- Su COMPETENCIA para conocer en consulta el fallo dictado por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Región Central, en fecha 28 de Septiembre de 2012, mediante el cual declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado L.K.C.P., actuando con el carácter de apoderada Judicial del ciudadano Flanclin Gutierrez, contra el Instituto de Vialidad Y Transporte del estado Aragua (INVIALTA).

2.- Conociendo de la consulta establecida en el articulo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se CONFIRMA con las modificaciones expuestas en la motiva del presente fallo la referida decisión…

Este órgano jurisdiccional, ordena darle entrada y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes bajo el mismo numero, igualmente ordena sean notificadas las partes y una vez que conste en autos las notificaciones, se procederá a su Continuación Judicial. Líbrense Boleta y Oficios. Cúmplase

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. M.G.S..

El SECRETARIO TEMPORAL.

ABG. I.R..

Asunto Nro: DE01-G-2010-000259 -

Nº ANTERIOR: 10126.-

MGS/sr/db

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