Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 22 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2014
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoPartición Y Liquidación Bienes Comunidad Conyugal

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, veintidós (22) de octubre de 2014

204° y 155°

Vista la diligencia de fecha 21 de octubre de 2014, suscrita por el abogado Z.C.M., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 107.248, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual manifiesta que ante la imposibilidad material por parte del alguacil del despacho de lograr la notificación personal de la parte demandada del fallo dictado por este Tribunal en fecha veinticinco (25) de julio de dos mil catorce (2014), pide en consecuencia que se notifique del referido fallo mediante cartel a la parte demandada; en virtud de ello, esta alzada acuerda librar cartel de notificación al ciudadano demandado J.R.M., quien actúa en su propio nombre y representación, este Juzgado acuerda librar el cartel de notificación, en consecuencia el mismo deberá ser publicado en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.

EL JUEZ TITULAR,

Dr. V.J.G.J..

LA SECRETARIA.

Abg. M.E.R..

VGJ/MER/lg

Exp. AP71-R-2013-001175

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, veintidós (22) de octubre de 2014

204° y 155°

CARTEL DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER

Al ciudadano J.R.M., titular de la cédula de identidad Nº 8.882.141, titulares de las cédulas de identidad, quien actúa en su propio nombre y representación en su carácter de parte demandada, en el Juicio que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL le sigue la ciudadana F.F.O. titular de la cédula de identidad N° V-9.958.823, parte actora, sustanciado en el expediente signado con el número AP71-R-2013-001175, nomenclatura llevada por este Tribunal; que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se le concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezca por ante este Juzgado a darse por notificado de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 25.07.2013; que cursa en el presente expediente. Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificado conforme al artículo antes citado.-

Cartel que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-

EL JUEZ,

Dr. V.J.G.J.

VGJ/MER/lg

Exp. AP71-R-2013-001175

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